Subvenciones del Departamento de Acción Social y Ciudadanía para entidades en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S11937/08

Norma:

RESOLUCIÓN ASC/648/2008. ORDEN ASC/53/2008, de 13 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Acción Social y Ciudadanía para entidades en el ejercicio 2008.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Social y Ciudadanía (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos destinados a los programas previstos en la Orden ASC/53/2008, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases que han de regir las convocatorias de subvenciones del Departamento de Acción Social y Ciudadanía para entidades, y que se convocan mediante esta Resolución son los siguientes:

Anexo 2: Programa de supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación para entidades.
Partidas presupuestarias: 5000 D/781000100 y 5000 D/782000100 del programa presupuestario 316.
Importe: 600.000,00 euros.
Anexo 3: Subvenciones a entidades para el mantenimiento de programas de servicios sociales.
Partidas presupuestarias: 5000 D/481000100 y 5000 D/482000100 de los programas presupuestarios 315, 316, 317 y 333.
Importe para las subvenciones anuales: 14.300.000,00 euros.
Anexo 4: Subvenciones a entidades para la realización de programas y actividades de integración social de personas extranjeras inmigradas y catalanas retornadas.
Partida presupuestaria: BE07 D/481000100/314B.
Importe: 50.000,00 euros.
Partida presupuestaria: BE07 D/481000100/314C.
Importe: 20.000,00 euros.
Partida presupuestaria: BE07 D/482000100/314B.
Importe: 50.000,00 euros.
Partida presupuestaria: BE07 D/482000100/314C.
Importe: 20.000,00 euros.
Anexo 5: Subvenciones a entidades para construcción, habilitación, reformas, ampliación, acondicionamiento o mejora de alojamientos para trabajadores temporeros.
Partida presupuestaria: BE07 D/482000100/314A.
Importe: 100.000,00 euros.
Partida presupuestaria: BE07 D/77000100/314A.
Importe: 225.340,00 euros.
Se reserva hasta un 10% de la cantidad asignada, es decir, 22.534,00 euros, para premiar a algunos de los proyectos subvencionados con el distintivo de calidad superior con arreglo a lo que dispone la base 8.3 del anexo 5 de la Orden ASC/53/2008, de 13 de febrero.
La quantia máxima por beneficiario será de 150.000 euros, sin perjuicio del importe que pueda corresponder por el reconocimiento de la calidad superior del alojamiento.
El 50% del importe inicial disponible correrá a cargo de las partidas referidas de los presupuestos de la Generalidad para este año en las cantidades siguientes:
225.340,00 euros a la partida D/770000100/314A.
El 50% restante, a cargo del presupuesto para el ejercicio de 2009.
Anexo 6: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de familias y de lucha contra los maltratos y contra la violencia machista.
Partida presupuestaria: BE 05 D/481000100/313.
Importe: 650.443,00 euros.
Partida presupuestaria: BE 05 D/482000100/313.
Importe: 1.514.948,30 euros.
Anexo 7: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el colectivo gay, lesbiano y transexual.
Partida presupuestaria: BE 05 D/482000100/313.
Importe: 45.000 euros.
Anexo 8: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de infancia y adolescencia.
Partida presupuestaria: BE 06 D/481000100/318D.
Importe: 1.102.882,00 euros.
Partida presupuestaria: BE 06 D/482000100/318D.
Importe: 1.359.517,54 euros.
Partida presupuestaria: BE 10 D/481000100/318F.
Importe: 20.000,00 euros.
Partida presupuestaria: BE 10 D/482000100/318F.
Importe: 210.000,00 euros.
Anexo 9: Subvenciones a entidades para proyectos de adquisición, mejora, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros de acogida o residenciales de acción educativa, pisos o residencias para jóvenes y centros abiertos de niños y adolescentes.
Partida presupuestaria: BE 06 D/781000100/318B.
Importe: 240.000 euros.
Partida presupuestaria: BE 06 D/781000100/318D.
Importe: 10.000 euros.
Partida presupuestaria: BE 06 D/782000100/318B.
Importe: 240.000 euros.
Partida presupuestaria: BE 06 D/782000100/318D.
Importe: 10.000 euros.
Partida presupuestaria: BE 10 D/781000100/318F.
Importe: 12.500 euros.
Partida presupuestaria: BE 10 D/782000100/318F.
Importe: 30.600 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.Programa de supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación para entidades: las entidades de servicios sociales de iniciativa social titulares de establecimientos de servicios sociales y los sindicatos que regula la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, que tengan sede y/o locales de
atención al público en Cataluña.

2.Subvenciones a entidades para el mantenimiento de programas de servicios sociales: entidades de servicios sociales de iniciativa social.

3. Subvenciones a entidades para la realización de programas y actividades de integración social de personas extranjeras inmigradas y catalanas regresadas: las asociaciones, las fundaciones y otras personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro.

4.Subvenciones a entidades para construcción, habilitación, reformas, ampliación, acondicionamiento o mejora de alojamientos para trabajadores temporeros: -las entidades que promuevan la construcción, la habilitación, las reformas, la ampliación, la mejora o el acondicionamiento de alojamientos para trabajadores temporeros. -Las organizaciones empresariales agrarias que gestionen la contratación de
trabajadores temporeros con obligación explícita del empleador de suministrar un alojamiento adecuado a las necesidades del trabajador contratado.

5. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de familias y de lucha contra los maltratos y contra la violencia machista:las entidades legalmente constituidas que no tengan ánimo de lucro.

6.Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas para el colectivo gay, lesbiano y transexual:las entidades legalmente constituidas que no tengan ánimo de lucro.

7.Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de infancia y adolescencia: las entidades legalmente constituidas que no tengan ánimo de lucro.

8.Subvenciones a entidades para proyectos de adquisición, mejora, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros de acogida o residenciales de acción educativa, pisos o residencias para jóvenes y centros abiertos de niños y adolescentes: las entidades de iniciativa social titulares y/o gestoras de centros de acogida, centros residenciales de acción educativa, pisos o residencias para jóvenes y centros abiertos destinados a los niños y los adolescentes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de estas ayudas deben llevarse a cabo durante el año natural de la convocatoria, o cuando determine el convenio plurienal, teniendo en cuenta, en cualquier caso, el plazo máximo de justificación previsto en las bases reguladoras y la excepción prevista en la base 2 del anexo 5 de la Orden ASC/53/2008, de 13 de febrero.

Anexo 2: Programa de supresión de barreras arquitectónicas y de barreras en la comunicación para entidades, la tramitación corresponde al Servicio de Recursos Ajenos del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales y la resolución, a la persona titular de la Dirección General del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.

Anexo 3: Subvenciones a entidades para el mantenimiento de programas de servicios sociales, la tramitación corresponde a los Servicios de Gestión Territorial de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Social y Ciudadanía donde se encuentre la sede de la entidad y la resolución, a la persona titular de la Dirección General del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.

Anexo 4: Subvenciones a entidades para la realización de programas y actividades de integración social de personas extranjeras inmigradas y catalanas regresadas, la tramitación corresponde al Área Técnica de la Secretaría para la Inmigración y la resolución corresponde a la persona titular de la Secretaría para la Inmigración.

Anexo 5: Subvenciones a entidades para construcción, habilitación, reformas, ampliación, acondicionamiento o mejora de alojamientos para trabajadores temporeros, la tramitación corresponde al Área Técnica de la Secretaría para la Inmigración y la resolución corresponde a la persona titular de la Secretaría para la Inmigración.

Anexo 6: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de familias y de lucha contra los maltratos y contra la violencia machista, la tramitación corresponde al Servicio de Prestaciones Económicas y Subvenciones de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía.

Anexo 7: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para entidades sin ánimo de lucro para el colectivo gay, lesbiano y transexual, la tramitación corresponde al Servicio de Prestaciones Económicas y Subvenciones de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía.

Anexo 8: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas en materia de infancia y adolescencia, la tramitación corresponde al Servicio de Gestión Administrativa de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia y la resolución, a la persona titular de la Dirección General de Atención a la Infancia, excepto el programa J, Programas y actuaciones dirigidos a entidades colaboradoras
con el Área de Apoyo a los Jóvenes Tutelados y Extutelados y en riesgo social, donde la tramitación corresponde a la Secretaría de Infancia y Adolescencia y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Infancia y Adolescencia.

Anexo 9: Subvenciones a entidades para proyectos de adquisición, mejora, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros de acogida o residenciales de acción educativa, pisos o residencias asistidos y centros abiertos, la tramitación corresponde al Servicio de Gestión Administrativa de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, y la resolución, a la persona titular de la Dirección General de Atención a la Infancia, excepto en el caso de los pisos y las residencias para jóvenes, donde la tramitación corresponde a la Secretaría de Infancia y Adolescencia, y la resolución, a la persona titular de la Secretaría de Infancia y Adolescencia.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5075
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento