Subvenciones del Departamento d'Innovació, Transparència, Participació i Transports, destinadas a asociaciones de la isla de Ibiza para el año 2019

Código de ayuda:

S48837/19

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es el fomento del asociacionismo en la isla de Ibiza así como la ayuda al funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a estas ayudas las asociaciones, sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Línea 1: Ayudas para asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza Sublínea 1: para la organización y la celebración de fiestas patronales y actividades de tiempo libre, así como otros actos lúdicos organizados por asociaciones vecinales de la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración e interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 100.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.

Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.

2. Línea 2: Ayudas para asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza:

Sublínea 1: para la realización de fiestas y planes específicos de actividades que fomenten la integración en la sociedad de la isla de Ibiza que desarrollen las asociaciones de inmigrantes en la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración e interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.

Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 6.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.

3. Línea 3: Ayudas para casas regionales en la isla de Ibiza:

Sublínea 1: para las actividades de intercambio cultural, organización de acontecimientos y programas y proyectos, actividades dirigidas a la divulgación de las tradiciones y la cultura de las asociaciones y el mantenimiento de las sedes de las casas regionales en la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración y la interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.

Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 6.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.

4. Línea 4: Ayudas para asociaciones de voluntarios sin ánimo de lucro:

Sublínea 1: para la colaboración en actividades que promuevan la participación ciudadana en la isla de Ibiza en el fomento y la promoción de la solidaridad, el civismo, la prevención de conflictos, la defensa de la igualdad, la integración o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 10.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.

Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 3.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 1.000 €.

5. Línea 5: Ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro no incluidas en las otras líneas de esta convocatoria que presenten proyectos, realicen actividades, contraten servicios o realicen cualquier gestión desde su ámbito asociativo que, sin estar vinculada en exclusiva al carácter de la asociación, estén dirigidas a favorecer el trabajo conjunto entre administración y ciudadanía, que impliquen a personas y colectivos en la transformación de su comunidad, que mejoren los canales de participación ciudadana o que promuevan cualquier tipo de participación social a través de la promoción del civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer a la sociedad, el fomento de la solidaridad, la integración y la interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Esta subvención es incompatible con cualquier otro subvención otorgada por el mismo objeto.

El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención es de 10.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.500 €.

Documentos asociados

Boletín: 22/08/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento