Subvenciones del Consorcio de la Serra de Tramuntana para el año 2021, para la recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, para la recuperación del paisaje agrícola y su entorno y de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal, y el mantenimiento, la limpieza y la conservación de espacios públicos que por sus características especiales necesiten de un especial cuidado, que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana.

Código de ayuda:

S00591/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de junio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta convocatoria es promover la recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, la recuperación del paisaje agrícola y su entorno y de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal, y el mantenimiento, la limpieza y la conservación de espacios públicos que por sus características especiales necesiten de un especial cuidado, que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana que viene determinado en el artículo 5 de los Estatutos del Consorcio.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Departamento del Territorio (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones que se otorguen a las personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas, comunidades de regantes y explotaciones agrarias, en el marco de esta convocatoria no podrán superar el límite de 10.000,00 € para cada actuación. Por lo tanto, las actuaciones que tengan un coste de hasta 10.000,00 € podrán ser financiadas al 100%, y si la actuación que se quiere realizar supera esta cuantía tendrá que ser financiada por cada uno de ellos en la cuantía que supere el límite mencionado.

Ahora bien, en el caso de que los particulares, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas, comunidades de regantes y explotaciones agrarias quieran presentar dos solicitudes (una por cada línea de actuación abierta por estos solicitantes), no podrá superar el límite de 5.000,00 € para cada actuación. Por lo tanto, las actuaciones que tengan un coste de hasta 5.000,00
€ podrán ser financiadas al 100% y si la actuación que se quiere realizar supera esta cuantía tendrá que ser financiada por cada particular, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas, comunidades de regantes y explotación, en la cuantía que supere el límite mencionado.

Las subvenciones que se otorguen a los ayuntamientos correspondientes a las líneas para la recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, y para la recuperación de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal en el marco de esta convocatoria no podrán superar el límite de 30.000,00 € para cada actuación, excepto las actuaciones para la recuperación de elementos etnológicos, que no podrán superar el límite de 15.000,00 euros. Así, las actuaciones que tengan un coste de hasta 30.000,00 € o de hasta 15.000,00 euros dependiendo del tipo de actuación, cómo se ha indicado anteriormente, podrán ser financiadas al 100%, y si la actuación que se quiere realizar supera esta cuantía tendrá que ser financiada por cada ayuntamiento en la cuantía que supere los límites
mencionados

Las subvenciones que se otorgan en los ayuntamientos con respecto a la línea correspondiente a los espacios públicos que por sus características especiales necesiten de un especial cuidado en su mantenimiento, limpieza y conservación, las ayudas no podrán superar el límite de 10.000,00 euros para cada actuación. Así, las actuaciones de esta línea que tengan un coste de hasta 10.000,00 € podrán ser
financiadas al 100%, y si la actuación que se quiere realizar supera esta cuantía tendrá que ser financiada por cada ayuntamiento en la cuantía que supere el límite mencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

1. Personas físicas o agrupaciones de personas físicas: ser propietario de las fincas donde se realice la actuación subvencionable y que esté dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial por la UNESCO.

2. Entidades sin ánimo de lucro: ser propietaria de la finca donde se realice la actuación subvencionable y que esté dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial por la UNESCO.

3. Comunidades de bienes: que esté formada por comuneros personas físicas, y que la Comunidad sea propietaria de la finca donde se realice la actuación subvencionable, y que esté dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial por la UNESCO.

4. Comunidades de regantes: que la actuación subvencionable se lleve a cabo en su totalidad dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial por la UNESCO, y afecte en terrenos o parcelas propiedad de todos o una parte de los comuneros.

5. Explotaciones agrarias: que la actuación subvencionable se lleve a cabo en su totalidad dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial para la UNESCO, y afecte en terrenos o parcelas gestionadas por una explotación agraria, sea cual sea su forma jurídica, inscrita en el Registro Interinsular Agrario (RÍA), y que cumplen con una de las siguientes condiciones:

Que sean propietarias de las fincas donde se tiene que ejecutar el proyecto.

Que tengan una autorización expresa de la propiedad de la finca donde se tiene que realizar la actuación subvencionable para llevar a cabo el objetivo de la actuación.

6. Los veinte ayuntamientos con territorio situado dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana declarada patrimonio mundial por la UNESCO que viene determinado en el artículo 5 de los estatutos del Consorcio para llevar a cabo las actuaciones que se detallan en el apartado quinto de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. LÍNEA DE ACTUACIONES DE RECUPERACIÓN DE ELEMENTOS ETNOLÓGICOS (LET), se podrán incluir intervenciones a los siguientes elementos:

Canales, fuentes, pozos, norias, albañales, acequias y canaladuras, aljibes, balsas, charcos y lavaderos, molinos de extracción de agua y molinos de agua, cuellos de cisterna, abrevaderos, lavadores, torrentes y saragalls, puentes, piedras pasadores, vados empedrados, etc.

eras de batir, los miradores, hornos de cal, casas de nieve, hornos de carbonero, barracas de carbonero (elementos de piedra), márgenes y paredes de piedra en seco, márgenes y paredes de piedra en seco de caminos, barracas de piedra en seco, molinos de viento y de sangre, etc.

2. LÍNEA DE ACTUACIONES DE RECUPERACIÓN DE ELEMENTOS ARQUITECTÓNICOS (LQ), se podrán incluir intervenciones a los siguientes elementos: torres de defensa, almazaras, cruces de término, casas y casales urbanos y otros inmuebles con valores patrimoniales.

3. LÍNEA DE ACTUACIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS ESPACIOS FORESTALES Y/O AGRÍCOLAS (LF) trabajos de
regeneración (podas), trabajos silvícolas de prevención de incendios, control de plagas y/o enfermedades, mediante talas, aclaradas (reducción del número de pies), desbroce, y eliminación controlada del combustible vegetal y/o especies invasoras. También será subvencionable la realización de las tareas anteriormente descritas en caminos que sean de titularidad municipal. Esta línea va dirigida
exclusivamente a los ayuntamientos.

4. LÍNEA DE ACTUACIONES DE RECUPERACIÓN DEL PAISAJE AGRÍCOLA I SU ENTORNO (LA), trabajos de regeneración
(podas), trabajos silvícolas de prevención de incendios, control de plagas y/o enfermedades mediante talas, aclaraciones (reducción del número de pies), desbroce, y eliminación controlada del combustible vegetal y/o especies invasoras, excepto cuando se trate de especies protegidas o catalogadas.

5. LÍNEA DE ACTUACIONES DE MANTENIMIENTO, LIMPIA I CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS QUE POR SUS
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES NECESITEN DE UN ESPECIAL CUIDADO (LN), dirigida a los municipios de la Sierra que cuenten con espacios que por sus especiales características naturales y/o patrimoniales necesiten de un especial cuidado en su mantenimiento, limpieza y conservación, con el objeto de conservar y mantener el paisaje de determinados lugares muchos visitados y que sean emblemáticos de la Serra de Tramuntana.

Estos espacios tienen que ser transitables y utilizables por parte de la población.

Documentos asociados

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