Subvenciones del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para entidades que promuevan y fomenten la custodia del territorio en la Serra de Tramuntana para el año 2020.

Código de ayuda:

S47164/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo de esta convocatoria es promover proyectos de custodia del territorio y del patrimonio cultural y natural en la Serra de Tramuntana, que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana que viene determinado en el artículo 5 de los Estatutos del Consorcio.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo subvencionable para cada proyecto será de 10.000,00 €. Por tanto, las actuaciones que tengan un coste de hasta 10.000,00 € podrán ser financiadas al 100%, y si la actuación que se quiere realizar supera esta cuantía tendrá que ser financiada por cada entidad sin ánimo de lucro en la cuantía que supere el límite mencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

1. Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que impulsen proyectos de custodia del territorio dentro del ámbito de la Serra de Tramuntana, que sean propietarias de las fincas en las que se tiene que ejecutar el proyecto, o bien que tengan suscrito un acuerdo de custodia con el propietario de la finca en la que se tiene que realizar la actuación subvencionable.

2. A los efectos de considerar una entidad como susceptible de presentarse a esta convocatoria, debe tener la custodia del territorio entre sus objetivos o finalidades y así lo tendrán que recoger sus estatutos. Las entidades que se presenten tendrán que acreditar su experiencia y dedicación a la custodia del territorio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables aquellos proyectos de custodia del territorio que contribuyan a la conservación, mejora y mantenimiento del patrimonio cultural, etnológico y natural.

Los proyectos tendrán que tener como finalidad general el cuidado, conservación y mantenimiento de las fincas en custodia y podrán incluir tareas de mantenimiento y limpieza de la finca en general y de los caminos en particular; pequeñas reformas y reparaciones de elementos etnológicos; intervenciones agroambientales o tendentes a potenciar la biodiversidad; limpiar caminos y espacios significativos, o de especial interés; mejora de los recursos naturales especialmente en el uso y aprovechamiento del agua; promover actividades con voluntariado y de otras iniciativas tendentes a poner en valor el patrimonio
cultural y natural.

2. Serán subvencionables los trabajos antes mencionados que se justifiquen mediante la presentación de facturas de las empresas o profesionales que hayan ejecutado los trabajos, o bien las nóminas o gastos del personal de la entidad beneficiaria destinado exclusivamente a realizar las tareas subvencionables
mencionadas en el párrafo anterior. Por lo tanto, no se incluirán los gastos correspondientes a tareas de personal de la propia entidad que no esté destinado a la actividad subvencionable.

Asimismo, serán subvencionables aquellos gastos indispensables para el correcto desarrollo de la actividad a subvencionar, como por ejemplo:

- Edición de folletos y material divulgativo u otro material no inventariable.

- Contratación de monitores.

- Seguros de accidentes y responsabilidad civil de las personas voluntarias.

- Materiales necesarios para la actividad.

- Gastos de formación de personas voluntarias.

- Gastos de manutención y transporte o alquiler de vehículos de transportes de mercancías o de personas (20 plazas en adelante), debidamente justificados en la solicitud.

3. También serán subvencionables los gastos directos o de estructura de la entidad beneficiaria, como por ejemplo:

- Gastos estructurales: gastos llevados a cabo por la entidad directamente relacionados con el desarrollo de la actividad a subvencionar (electricidad, agua, teléfono, material de administración, material fungible, etc.).

- Gastos de personal: gastos generados por el personal directivo y administrativo de la entidad beneficiaria directamente relacionados con el desarrollo de la actividad a subvencionar y justificables mediante nómina.

Estos gastos directos o de estructura sólo serán subvencionables hasta un importe máximo equivalente al 10% del coste de la subvención a conceder.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/09/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento