Subvenciones del Consejo Insular de Menorca a las corporaciones locales para la realizacion de proyectos sociales con cargo al plan concertado de prestaciones basicas de servicios sociales para el año 2010.

Código de ayuda:

S47155/10

Norma:

Maó, 15 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo económico a la red de servicios de atención primaria gestionados por las corporaciones locales, y apoyo técnico en el desarrollo de las competencias que los son atribuidas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las corporaciones locales de la isla de Menorca que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tienen consideración de prestaciones básicas de servicios sociales las que
se definen a continuación:
- Información y orientación
- Ayuda a domicilio y otros apoyos a la unidad de convivencia. Esta prestación contiene dos líneas de actuación: servicio de ayuda domicilio (dentro el hogar) y apoyo de carácter sociocomunitario (fuera del hogar).
- Alojamiento alternativo no residencial o de carácter temporal.
- Prevención e inserción social.
- Fomento de la solidaridad y la cooperación social.

Requisitos:

- Que estén inscritas en el registro central de servicios sociales de la comunidad autónoma de las islas baleares.
- Que utilicen el sistema siuss como sistema de registro informático de
todas las gestiones realizadas a los servicios sociales generales y que tengan al día los expedientes registrados para poder exportar los datos de explotación al Consell.
- Que la unidad de trabajo social cuente con un equipo interdisciplinario
que cumpla con la ratio de un/a trabajador/a social por cada 5.000 habitantes.
- Que disponga del apoyo administrativo suficiente por tal que el equipo
técnico pueda llevar a término sus funciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 112
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento