Subvenciones de minimis destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo o mixto de aprovechamiento de pastos de Castilla y León.

Código de ayuda:

S50419/22

Norma:

ORDEN AGR/998/2022, de 3 de agosto. Orden de 25 de agosto de 2022. Orden de 10 de febrero de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones ganaderas con sistema de explotación en régimen
extensivo y mixto en el territorio de Castilla y León.

Estas subvenciones están acogidas al régimen de minimis en el sector agrario de acuerdo al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola

Las ayudas contempladas en esta orden tienen como finalidad facilitar el acceso al agua a las explotaciones ganaderas en régimen extensivo y mixto, en aras de paliar los efectos de la sequía prolongada en la campaña agrícola 2021-2022.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía a percibir será, como máximo del 50% de la inversión subvencionable.

Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412A01.77039.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León por importe de seis millones doscientos mil euros (6.200.000,00 €), de los cuales 3.500.000,00 € se cargarán al presupuesto del ejercicio 2023 y 2.700.000,00 al presupuesto del ejercicio 2024.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones de titularidad compartida que sean titulares de explotaciones ganaderas que ejecuten alguna de las actividades
subvencionables y que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables en las explotaciones de ganado en régimen extensivo y mixto que se desarrollan en el Anexo II de la presente orden, deberán responder a los siguientes grupos de actividad:

a) Estructuras que permitan el suministro de agua, tales como balsas de almacenamiento, abrevaderos, conducciones para el suministro de agua, sondeos y pozos que cuenten con los permisos y trámites preceptivos necesarios (autorización de explotación de aguas subterráneas de la sección de Minas y
certificado de uso privativo de la Confederación Hidrográfica), placas solares como fuente de energía para dichas estructuras etc.

b) Equipos para mejorar ese acceso al suministro de agua, tales como cisternas móviles o abrevaderos móviles. En caso de cisternas móviles será necesaria la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).

El plazo para la realización de las actividades subvencionables será el especificado en la correspondiente convocatoria y podrá ser prorrogado de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 septiembre, Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Requisitos:

Que la explotación esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL), regulado por el Decreto 19/2015, de 5 de marzo, y su titular haya efectuado las correspondientes actualizaciones en dicho registro y este dada de alta en la Sección Ganadera (REGA) como sistema de explotación extensivo o mixto.

Que el censo de la explotación sea igual o superior a 10 unidades de ganado mayor (U.G.M). Los tipos de conversión de las diferentes categorías de animales a unidades de ganado mayor figuran en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014 por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
En el anexo I de la presente orden se incluyen las equivalencias de unidades de ganado mayor (UGM).

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 154
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Boletín: 30/08/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 167
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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