Subvenciones de los programas de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S22055/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Iniciará el 6 de junio de 2023 y finalizará el 28 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2023 las ayudas establecidas en la presente resolución, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de
rehabilitación a nivel de edificio, del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y del Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación; del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas contempladas en la base específica de cada tipo de ayuda de las bases reguladoras, siempre que cumplan con los requisitos fijados en ellas para la correspondiente ayuda convocada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programas de ayuda a las actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia en materia de:

a) Ayudas a nivel de edificio (Programa 3).

b) Ayudas a nivel de vivienda (Programa 4).

c) Ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (Programa 5).

Requisitos:

1. En el caso de que se soliciten ayudas a nivel de edificio (PROGRAMA 3) se ha de cumplir lo siguiente:

a) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, entreplanta o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

b) Que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios de que se trate, salvo en los casos de edificios de persona propietaria única, y con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes, cuando sea preceptivo.

2. En el caso de que se soliciten Ayudas para la Mejora de la Eficiencia Energética de Vivienda (PROGRAMA 4) se deben cumplir estas condiciones:

a) La vivienda debe ser domicilio habitual y permanente de sus ocupantes en el momento de solicitar la ayuda.

b) Se deberá presentar el correspondiente certificado de empadronamiento.

3. En el caso de que se soliciten ayudas para la elaboración de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (PROGRAMA 5) se deberá cumplir con los siguientes parámetros:

a) La ayuda está destinada a la elaboración de proyectos técnicos de rehabilitación de edificios en los que la actuación propuesta acredite los requisitos de mejora de la eficiencia energética establecidos en esta resolución para las ayudas a la rehabilitación de edificio (código: AFEEDIF).

b) Solo será subvencionable los proyectos a edificios plurifamiliares (nunca a edificios unifamiliares).

c) La concesión de esta ayuda implica la obligación de presentar la solicitud de ayudas a la rehabilitación de edificio (código: AFE-EDIF) en los tres meses siguientes a la fecha de notificación de la concesión, y que dicha ayuda sea concedida.

d) Para el caso de que no se solicitase la ayuda a la rehabilitación de edificio (código: AFE-EDIF), o las actuaciones no se llegaran a realizar, se procederá a la revocación de la ayuda y al reintegro de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9582
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 25/04/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9582
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento