Subvenciones de las medidas de empleo del Plan de Empleo Joven de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S14173/15

Norma:

ACUERDO de 18 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas reguladas en el presente Acuerdo es mejorar la empleabilidad y fomentar la contratación de los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que residan en la Comunidad de Madrid, a través de su participación en las medidas o programas de empleo denominadas Práctica Profesional para Jóvenes Cualificados y Cualificación Profesional para Aprendices, del Plan de Empleo Joven de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo, Turismo y Cultura (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Programa de Práctica Profesional para Jóvenes Cualificados.

La cuantía de la subvención se determinará en la orden de concesión de la subvención. El cálculo de la subvención se realizará según el siguiente importe por cada joven contratado: 1.000 euros/mes. El período subvencionable será el correspondiente a los seis primeros meses de duración del contrato de trabajo.

2. Programa de Cualificación Profesional para Aprendices.

La cuantía de la subvención se determinará en la orden de concesión de la subvención.

El cálculo de la subvención se realizará según los siguientes importes:

a) Para los gastos del apartado 1.a) de este artículo y por cada joven contratado: 650 euros/mes.

b) Para los gastos del apartado 1.b) de este artículo y por cada joven contratado: 8 euros/hora de formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y sus entidades y empresas dependientes o vinculadas.

b) Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas.

c) Las empresas públicas.

d) Las entidades sin ánimo de lucro, ya sean fundaciones con un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid o asociaciones en cuyos estatutos figure que tienen la sede en la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programa de Práctica Profesional para Jóvenes Cualificados.

Los gastos derivados de los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social del contrato de
trabajo en prácticas suscrito con los jóvenes.

2. Programa de Cualificación Profesional para Aprendices.

La subvención estará destinada a sufragar los siguientes gastos derivados del contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje suscrito con los jóvenes, hasta el máximo determinado en el apartado 2 de este artículo:

a) Los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos.

b) Los costes de la impartición de la formación, en los términos establecidos en los artículos 10 y 11 de estas normas reguladoras. Entre los mismos se incluirán los costes de la evaluación de la formación establecida en el apartado 4 del artículo 10 de estas normas reguladoras.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 73
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento