Subvenciones de la Oficina Municipal de Politicas de Igualdad para asociaciones y colectivos de mujeres del concejo de Gijon/Xixon.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S44746/14

Norma:

Gijón, a 11 de septiembre de 2014

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas/subvenciones económicas, mediante concurrencia competitiva, a Asociaciones y Colectivos de Mujeres del Concejo de Gijón/Xixón para el desarrollo de actividades y programas durante el año 2014, que contribuyan a fomentar la igualdad real y efectiva de las mujeres así como a eliminar la discriminación de las mismas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención o ayuda, en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras financiaciones, supere el coste de la actividad o proyecto a desarrollar por la entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y que realicen sus actuaciones en el municipio de Gijón/Xixón, las secretarías o departamentos de la mujer de sindicatos, partidos políticos, federaciones de asociaciones de vecinos y vecinas de Gijón/Xixón, las vocalías de la mujer de las asociaciones de vecinos/as Gijón/Xixón, así como otras asociaciones, sin ánimo de lucro, que tengan constituido un área de la mujer, o una amplia trayectoria en el desarrollo de actividades a favor de la igualdad y de la no discriminación de las mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— El desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través del análisis de la realidad, la elaboración de propuestas y/o la transmisión de experiencias de carácter educativo y divulgativo, relacionadas con estudios, trabajos de investigación y difusión de género.

— Actividades realizadas con carácter permanente y dirigidas a mujeres en situaciones de especial vulnerabilidad (mujeres inmigrantes, mujeres con discapacidad, víctimas de violencia de género, etc.).

— Actividades destinadas a promover la participación de las mujeres en el ámbito público y social y que sirvan de fortalecimiento y apoyo al movimiento asociativo de mujeres.

— Programas y actividades dirigidas al desarrollo de las capacidades de liderazgo, de gestión y dirección de las organizaciones de mujeres.

— Actividades dirigidas a fomentar las capacidades y destrezas culturales básicas para desenvolverse con autonomía en el entorno social y cultural: talleres y actividades de alfabetización digital, Talleres de lectura y escritura con enfoque de género, visitas culturales…

Requisitos:

Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

No estar incursas las personas jurídicas o las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiarias de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE 18-11-03).

Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de no ser deudoras del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, liquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de acuerdo de la concesión, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento, no exceda de 3.000 €, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal, siendo suficiente como medio de acreditación la declaración responsable de este requisito en el modelo de solicitud adjunto a estas bases.

En el modelo normalizado de solicitud de subvención (Anexo I) se podrá dar autorización expresa al Ayuntamiento para consultar la información correspondiente de la Agencia Estatal y Autonómica de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social. No obstante la entidad solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento para dicha consulta, en cuyo caso deberá aportar en el momento que se le requiera las certificaciones acreditativas oportunas.

Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus organismos autónomos.

Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la Base IV de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 216
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento