Subvenciones de la Fundacion Municipal de Cultura de Siero para el año 2009.

Código de ayuda:

S37155/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones o entidades de índole cultural o juvenil sin ánimo de lucro, que tengan su sede social en el Concejo de Siero, para colaborar en actividades culturales o destinadas a los jóvenes, durante el año 2009, siempre que dicha actividad no hubiera podido ser subvencionada a través de la convocatoria anual de subvenciones del
Ayuntamiento de Siero o la Fundación Municipal de Cultura.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas.

Requisitos:

a) En el caso de las asociaciones a que se refiere el artículo 226 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Siero, salvo aquellas personas de derecho público y las demás que pudieran estar exentas de este requisito.

b) En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el registro que corresponda atendidas su naturaleza y, carecer ánimo de lucro.

c) En el caso de las personas jurídicas de la clase que sean, que la actividad para la que se solicita la subvención tenga cabida dentro de su objeto y fines sociales.

d) No estar incursos los interesados ni las personas jurídicas o las entidades y personas que ejercen la representación legal de las mismas en causa de incapacidad o incompatibilidad o en cualquiera de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Encontrarse al corriente en sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social.

f) Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Siero o cualquiera de sus organismos autónomos o, en su caso, hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de reintegro por subvenciones.

g) En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica pueda llevar a cabo los proyectos o actividades para los que se solicita subvención a las que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para poder ser beneficiarios, todos y cada uno de sus miembros deberán reunir los anteriores requisitos.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 108
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento