Subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para apoyo a programas y proyectos de investigación en materia de gestión de la biodiversidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S49219/21

Norma:

Orden TED/1016/2021, de 20 de septiembre. Resolución 28 de septiembre de 2021. Resolución 15 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras de la Fundación Biodiversidad F.S.P. (en adelante FB) para la concesión de ayudas para la financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 2.000.000,00 euros.

El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 300.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.

b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

d) Colegios profesionales.

e) Administraciones públicas.

f) Sociedades de capital, las cooperativas y las sociedades de personas (regular colectiva y comanditaria simple).

g) Otras personas jurídicas, públicas o privadas.

h) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. De acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 04/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 237
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento