Subvenciones de inversiones que fomenten la igualdad de oportunidades en el trabajo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S12055/11

Norma:

RESOLUCIÓN 3E/2011, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de octubre de 2011; excepcionalmente: hasta el 9 de mayo de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la igualdad en el acceso y en el ejercicio del trabajo entre hombres y mujeres, así como
el de las personas discapacitadas, para ello se pretende fomentar las acciones positivas que realicen las empresas con el objetivo de eliminar los obstáculos que impidan o dificulten la contratación de hombres, mujeres y personas discapacitadas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 30% de la inversión realizada según lo establecido en la presente base. En ningún caso, el importe de la subvención superará la cantidad de 9.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen durante el año 2011, en sus centros de trabajo ubicados en Navarra, las
inversiones en capital fijo reguladas en la presente convocatoria, y que cumplan en la fecha de solicitud los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones en activos fijos materiales relacionados con la nueva construcción de servicios, vestuarios
u otras dependencias similares, diferenciados para hombres y mujeres o en la adaptación de puestos o equipos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medidas de protección personal para las personas discapacitadas.

Requisitos:

a) Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, el interesado autorizará en su solicitud a la Dirección General de Trabajo
y Prevención de Riesgos para consultar, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

b) Que empleen a menos de 250 trabajadores. Para computar el número de trabajadores que tiene la empresa se seguirá el criterio de las Unidades de Trabajo Anual, entendiendo por estas al número de personas que trabajan en la empresa en cuestión, por cuenta de dicha empresa, a tiempo completo durante todo el año de que se trate.

c) Las personas que no trabajan todo el año o trabajan a tiempo parcial se contarán como fracciones de Unidades de Trabajo Anual. Y el año que se tendrá en cuenta será el inmediatamente anterior a la
convocatoria.

d) Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por una falta muy grave o más de dos graves, en materia de relaciones laborales, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se
publique esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 46
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento