Subvenciones de fomento del empleo y de la contratación de personas en situación de paro.

Código de ayuda:

S60637/21

Norma:

ORDEN EMT/214/2021, de 17 de noviembre. RESOLUCIÓN EMT/3862/2021, de 22 de diciembre. ORDEN EMT/213/2023, de 1 de septiembre. RESOLUCIÓN EMT/3737/2023, de 19 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Orden es regular la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de actuaciones de
fomento del empleo y de la contratación.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de esta subvención las personas o entidades, constituidas legalmente y con
establecimiento operativo en Cataluña, siguientes:

a) Las administraciones locales de Cataluña, sus organismos autónomos y las entidades con competencia en
materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas, que se determinen en cada convocatoria.

b) Las entidades sin ánimo de lucro, así como las asociaciones y fundaciones.

c) Las cooperativas de trabajo asociado.

d) Universidades públicas no transferidas.

e) Personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como
empresarias, un contrato de trabajo.

f) Corporaciones de derecho público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran actuaciones destinadas al fomento de la contratación las siguientes:

Actuación de contratación laboral.

Se consideran actuaciones destinadas al fomento del empleo las siguientes:

Actuación de contratación laboral.

Actuación de acompañamiento.

La resolución de convocatoria establecerá las actuaciones subvencionables en función de su objeto.

La base 5 de este anexo desarrolla los objetivos y las características de cada una de las actuaciones
subvencionables mencionadas en las bases 2.1 y 2.2 de este anexo.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8548
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 30/12/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8574
Documento: Convocatoria 2022 : Contratación en prácticas Descargar Documento
Boletín: 30/12/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8574
Documento: Convocatoria 2022 : Contratación Descargar Documento
Boletín: 07/09/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8996
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 09/11/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9037
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9037
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento