Subvenciones de fomento del asociacionismo dirigida a entidades no lucrativas, del Área de Gobierno de Vicealcaldía, para las anualidades 2020 y 2021.

Código de ayuda:

S54928/20

Norma:

Decreto de 16 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de noviembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en el año 2020 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que esta ha provocado para los ciudadanos madrileños desde el punto de vista personal, económico y social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones y las asociaciones de base, en este último caso, para el ámbito estratégico señalado en el artículo 2.2.b) de la convocatoria, inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid, que desarrollen proyectos de fomento del asociacionismo en el municipio de Madrid y cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Modalidad de “Proyectos”.

Esta modalidad desarrolla la línea de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones dirigida a financiar proyectos de fomento del asociacionismo que conlleven el fortalecimiento de las relaciones entre entidades, para el caso de las organizaciones de segundo grado o que faciliten las relaciones entre asociados, para el caso de asociaciones de base o de primer grado. Asimismo, se dirige a financiar los proyectos que impulsen la captación de nuevas personas socias de las entidades ciudadanas incluidas en esta Convocatoria y para proyectos que promuevan la implicación y la participación en la actividad municipal de las entidades ciudadanas.

Los proyectos subvencionables deberán ajustarse a las características definidas para cada una de los ámbitos estratégicos establecidos en el artículo 2. Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la Convocatoria por la modalidad de “Proyectos”.

2. Modalidad de “Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios”.

Esta modalidad desarrolla la línea de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones dirigida a financiar gastos de alquiler y funcionamiento de sede social u otros espacios en los que las entidades desarrollen sus actividades de manera habitual.

Requisitos:

a) Estar inscritas en la sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) Haber realizado la presentación de las cuentas justificativas, en plazo, de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, -en adelante Reglamento de la LGS- se hubiera realizado o no.

f) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/10/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 258
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/10/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 258
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento