Subvenciones de fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.

Código de ayuda:

S12046/04

Norma:

Sesión de 30 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, lo que contribuirá al fortalecimiento del tejido social y, promocionando así la calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se proponga, sumada a otras ayudas procedentes de otras Entidades públicas o privadas para
la realización del mismo proyecto, no podrá superar el 100% del presupuesto de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones, Confederaciones, o Uniones de Asociaciones de Base, así como a Asociaciones que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y declaradas de utilidad pública municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Proyectos relativos a la instalación de nuevas tecnologías que permitan el fomento de la participación en red tanto de la entidad como de la ciudadanía.
— Proyectos de formación que permitan una mayor cualificación del movimiento asociativo.
— Proyectos de actividades de fomento de la participación ciudadana, especialmente a través de las nuevas vías de participación.

Requisitos:

Las entidades que soliciten subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantener al menos, durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:
— Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Madrid como Federaciones, Confederaciones o Uniones de Asociaciones de base, que con domicilio social en el término municipal de Madrid y ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, cuenten con entes afiliados en dicho Municipio, y realicen actividades que repercutan en beneficio de los vecinos de Madrid; o bien, estar inscritas como Asociaciones en el Registro de Asociaciones Vecinales.
— Poseer la declaración de utilidad pública conforme a lo establecido en las Normas de Participación Ciudadana.
— No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente
garantizadas, requisito que se acreditará a petición de esta Concejalía por el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5597
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 29/04/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5597
Documento: Anexos Descargar Documento