Subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ).

Código de ayuda:

S37719/18

Norma:

ORDEN EIE/1186/2018, de 3 de julio. ORDEN EIE/1428/2018, de 5 de septiembre. ORDEN EIE/2110/2018, de 27 de diciembre. ORDEN EIE/455/2019, de 15 de abril. ORDEN EPE/1827/2019, de 27 de diciembre. Orden EPE/888/2021, de 12 de julio.

Plazo de Solicitud:

Un mes a contar desde la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación estable y de calidad de personas jóvenes cualificadas y favorecer la mejora de su empleabilidad a través de empleos relacionados con su titulación universitaria, de formación profesional o de formación para el empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos y las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta norma, contraten a personas jóvenes por cuenta ajena mediante contratos laborales cuya duración sea al menos de dos años.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención, siempre que se celebren a jornada completa, los contratos indefnidos iniciales o los contratos temporales o de duración determinada que tengan una duración inicial pactada igual o superior a dos años cuando se formalicen con personas jóvenes desempleadas.

Documentos asociados

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