Subvenciones de creación audiovisual para el desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S58537/17

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de enero de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, tiene por objeto fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para fomentar la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores individuales o la realización de largometrajes a cargo de empresas individuales o productoras, y proceder a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento CT207E).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A: subvenciones a la escritura individual de guion en gallego. Subvenciones para proyectos de guion de obras originales o adaptación de obras literarias para largometrajes cinematográficos. La cuantía adjudicada por proyecto será de 5.000 euros.

Modalidad B: subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 30 minutos. Las subvenciones tendrán una cuantía de 6.000 euros.

Modalidad C: subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica. Las subvenciones tendrán una cuantía de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán optar a estas subvenciones referidas en las modalidades A y B todas las personas físicas residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, siempre que no realicen el proyecto para el que solicitan la subvención de manera profesional.

2. Podrán optar a las subvenciones referidas en la modalidad C los directores residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, que estén constituidos como productora individual en el momento de presentar la solicitud. Asimismo, podrán optar aquellas personas jurídicas constituidas como productoras con antigüedad ininterrumpida de, al menos, un año inmediatamente anterior a esta convocatoria, establecidas al menos durante un año previo inmediatamente anterior a esta convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de subvenciones de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales las siguientes modalidades de proyectos:

Modalidad A: subvenciones a la escritura individual de guion en gallego. Subvenciones para proyectos de guion de obras originales o adaptación de obras literarias, para largometrajes cinematográficos.

Modalidad B: subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 60 minutos.

Modalidad C: subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 239
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/12/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 239
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento