Subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en los establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S59491/22

Norma:

ORDEN 1605/2022, de 4 de octubre. ORDEN 2038/2022, de 24 de octubre. ORDEN 1988/2022, de 21 de octubre. ORDEN 10/2023, de 1 de febrero. ORDEN 471/2023, de 5 de abril. ORDEN 258/2024, de 9 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2023 o por agotamiento del presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes subvenciones tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos para la mejora de la eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el plan de modernización y competitividad del sector turístico, componente 14, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

3. Tipologías y subtipologías de actuación subvencionables.

Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las tipologías y subtipologías establecidas en las Bases Reguladoras, Anexo Actuaciones subvencionables y costes elegibles, y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas:

— Tipología 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

— Tipología 2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

Subtipología 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.

Subtipología 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

Subtipología 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

Subtipología 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las Subtipologías 2.1 a 2.3.

Subtipología 2.5. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

— Tipología 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía inicial total máxima dentro de los créditos disponibles es de 8.854.494,24 euros para financiar esta línea de ayudas en 2022 a cargo del Plan de Recuperación, con la siguiente distribución:

— Año 2022: 0 euros.

— Año 2023: 2.242.010,37 euros.

— Año 2024: 6.612.483,87 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.

b) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.

Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Requisitos:

Mediante la documentación que se establezca en la convocatoria, para obtener la condición de beneficiarios, ya sean personas físicas o jurídicas, estos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico o ser empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico. En este último caso, deben acreditar un contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto, así como acreditar el ejercicio de forma profesional y habitual la actividad turística en la Comunidad de Madrid y reúnan las condiciones necesarias para el mismo. Para comprobar este extremo se consultará el Registro de Empresas de la Comunidad de Madrid Si ambas categorías de destinatarios solicitaran financiación para un mismo proyecto, las solicitudes respectivas indicarán el porcentaje que cada una de las solicitudes asume sobre la totalidad del proyecto, sin que la suma de ambos
porcentajes pueda superar el 100%.

b) Los requisitos exigidos a los beneficiarios deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la justificación formal de la ayuda concedida. Así mismo, los beneficiarios se deberán comprometer mediante declaración responsable a mantener la actividad del espacio objeto de la ayuda, abierto al público con programación estable y continua durante los dos años siguientes a la concesión de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 242
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 02/11/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 261
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Boletín: 02/11/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 261
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 09/02/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 34
Documento: Modificación y nuevo plazo solicitudes Descargar Documento
Boletín: 09/02/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 34
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Boletín: 13/02/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 37
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Boletín: 17/02/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 41
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Boletín: 11/04/2023
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BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 39
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