Subvenciones de concesión directa, destinadas al desarrollo de proyectos de dinamización turística.

Código de ayuda:

S06855/21

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 35.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de estas bases definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones destinadas al fomento y apoyo de proyectos turísticos que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

La dinamización de la actividad turística local mediante la celebración de eventos, actividades y experiencias de diferentes temáticas que, por su originalidad y dimensión, atraigan visitantes de otras comunidades o países.

La creación de productos o servicios turísticos innovadores y sostenibles que permanezcan en el tiempo y supongan un beneficio cualitativo tanto para el turista que nos visita como para el resto de agentes turísticos.

La promoción de Logroño como destino turístico de referencia en mercados nacionales e internacionales en cualquiera de las siguientes tipologías turísticas:

Enoturismo (Logroño Enópolis).

Turismo gastronómico.

Turismo MICE.

Turismo artístico-cultural.

Turismo activo, sostenible y de naturaleza.

Turismo familiar

El fomento y conocimiento de cualquiera de los recursos patrimoniales, históricos- artísticos, enológicos y naturales de la ciudad.

La atracción de reuniones, incentivos, congresos y eventos de carácter profesional o formativo.

El fomento y apoyo se articulará a través de dos líneas diferenciadas por la finalidad de la actividad de los solicitantes:

Línea 1: Proyectos turísticos correspondientes a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro.

Línea 2: Proyectos turísticos correspondientes a empresas y autónomos.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de cada subvención podrá financiar el 100% del presupuesto neto subvencionable, sin que en ningún caso pueda superar el límite máximo de 35.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos, independientemente de la línea a la que correspondan, se enmarcarán dentro de uno de los siguientes programas diferenciados por la naturaleza de su contenido:

Programa I: Eventos, festivales y jornadas de carácter recreativo y de ocio:

Se definen como actos programados para reunir a un número estimado de personas, de duración determinada, cuya ejecución es de carácter ocasional, continua o discontinua dentro del marco temporal prestablecido, pero irrepetible en un mismo periodo subvencionable. Habitualmente, están integrados por un conjunto de actividades afines, interrelacionadas conceptualmente por la misión del proyecto del que forman parte, y que se celebran en espacios y/o recintos, abiertos o cerrados, previamente establecidos.

Están dirigidos al público final, preferentemente a turistas y visitantes.

Serán de temática libre, pero siempre de carácter recreativo y de ocio, y en todo caso vinculados en mayor o menor grado con las tipologías turísticas del destino, relacionadas en el artículo 1.

Programa II: Eventos, congresos y jornadas de carácter divulgativo o formativo:

Se definen como actos programados para reunir a un número estimado de personas, de duración determinada, cuya ejecución es de carácter ocasional, continua o discontinua dentro del marco temporal prestablecido, y de carácter conclusivo en cada una de sus ediciones. Habitualmente, están integrados por un conjunto de actividades afines, interrelacionadas conceptualmente por la misión del proyecto del que forman parte y que se celebran en espacios y/o recintos, abiertos o cerrados, previamente establecidos. Están dirigidos a agentes e intermediarios, parcial o totalmente vinculados con el sector turístico.

Serán de temática libre, pero siempre de carácter divulgativo o formativo, y en todos casos vinculados en mayor o menor grado con las tipologías turísticas del destino, relacionadas en el artículo 1.

Programa III: Actividades y servicios turísticos:

Las actividades y servicios se distinguen de los programas I y II fundamentalmente por su temporalidad. Éstas son, habitualmente, de prestación periódica, cuyas sesiones o prestaciones se repiten con una frecuencia determinada y establecida. Están dirigidos a un número estimado y limitado de personas, y, en función de sus características, pueden celebrarse en un espacio y/o recinto, abierto o cerrado. Están dirigidos al público final, preferentemente a turistas y visitantes.

Serán de temática libre, habitualmente de carácter recreativo y de ocio, y en todo caso vinculados con las tipologías turísticas del destino, relacionadas en el artículo 1.

Programa IV: Proyectos de diseño y producción:

En este programa se enmarcan todos aquellos proyectos destinados al desarrollo de productos tangibles e intangibles de interés turístico y de uso duradero.

Cuando se trate de proyectos destinados a la creación del soporte, físico o virtual, cuyo funcionamiento dependa de la prestación continuada de servicios, estos solo serán subvencionables en la parte de los gastos que correspondan íntegramente a la cadena de producción, diseño y creación del producto desarrollado para su posterior funcionamiento.

Los solicitantes deberán señalar en el apartado correspondiente del modelo que figura en el modelo ficha del proyecto (Anexo I) el programa al que se adscribe su proyecto.

A continuación se relacionan, a modo indicativo y no exhaustivo, ejemplos y tipos de proyectos correspondientes a cada programa susceptibles de acceder a las subvenciones:

Programa I: Festivales de Música, festivales de arte urbano, jornadas o festivales de promoción gastronómica, ferias o mercados temáticos, exposiciones no permanentes, Recreaciones históricas.

Programa II: Ferias interprofesionales, eventos de carácter congresual, Foros temáticos, Ciclos o jornadas formativas no regladas.

Programa III: Visitas guiadas, visitas temáticas y/o teatralizadas, espectáculos musicales/culturales/enogastronómicos (de prestación continuada), show-cooking, talleres de cocina.

Programa IV: diseño, producción y edición de material gráfico (guías temáticas, folletos promocionales, etcétera) creación de portal de información turística, creación de web o aplicación informática (app), proyectos audiovisuales.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiario las personas físicas, las personas jurídicas, instituciones o entidades legalmente constituidas deberán cumplir los requisitos y las obligaciones contenidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las que se establecen a continuación:

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con la agencia tributaria, la Seguridad Social y con el Excelentísimo Ayuntamiento de Logroño.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones legales en materia tributaria, medioambiental, laboral, seguridad social, de protección de menores, de prevención de riesgos laborales y de cualquier otra materia de aplicación en el desarrollo del proyecto objeto de subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 57
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento