Subvenciones de apoyo económico a los centros de atención residencial, centros de día y centros de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia.

Código de ayuda:

S56464/21

Norma:

Decreto-ley 23/2021, de 3 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Adoptar una medida extraordinaria de apoyo económico a las entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, con plazas contratadas,conveniadas o concertadas con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, que consiste en un abono único adicional por centro, de carácter extraordinario, cuyo importe se determinará en función de lo previsto en los artículos siguientes, y tiene como finalidad reducir los efectos económicos ocasionados a los centros con motivo de hacer frente al cumplimiento de las medidas obligatorias de prevención e higiénicosanitarias establecidas por las autoridades sanitarias para frenar y reducir el contagio del COVID-19, adoptadas durante los periodos comprendidos desde el 14 marzo hasta el 30 de junio de 2020 y desde el 9 de mayo hasta el 31 de octubre de 2021, incluido el día
inicial y final de cada periodo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, con plazas contratadas, conveniadas o concertadas con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

Requisitos:

a) Ser una de las entidades indicadas en el artículo 1 y tener centro con plazas contratadas, conveniadas o concertadas con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

b) Haber prestado los servicios contratados, conveniados o concertados durante los periodos comprendidos desde el 14 marzo hasta el 30 de junio de 2020 y desde el 9 de mayo hasta el 31 de octubre de 2021, todos los días inclusive.

c) Haber tenido gastos extraordinarios como consecuencia de la situación de crisis ocasionada por el coronavirus (COVID-19) en los precitados periodos.

d) No haber cesado en la actividad a la fecha de la presentación de la declaración responsable.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 89
Documento: Decreto-ley 23/2021 Descargar Documento