Subvenciones de apoyo al Asociacionismo Comercial de Tarragona.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S42964/11

Norma:

Tarragona, 19 juliol de 2011. Tarragona, 30 de juny de 2011. Tarragona, 16 de juny de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones que otorgue este Ayuntamiento para apoyar el asociacionismo comercial Tarragona para que puedan contar con una mínima infraestructura para
llevar a cabo las tareas diarias de gestión, y con elementos de profesionalización de esta gestión, y de las actuaciones que se plantea como objetivos una asociación, agilizar estos procesos y hacer posible aumentar la incidencia de la asociación en su ámbito.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Tarragona (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se concederá por solicitante será de 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellas que busquen:

a) Dar apoyo económico para la formación y consolidación de las asociaciones de comerciantes, haciendo posible el aumento de la incidencia de la asociación en su ámbito de actuación.

b) Dotar de una mínima infraestructura en el asociacionismo comercial de Tarragona para llevar a cabo las tareas diarias de gestión.

c) Facilitar el sostenimiento de los gastos de gestión y funcionamiento de la entidad.

d) Favorecer la gestión y profesionalización de las entidades de comerciantes, a fin de mejorar los servicios y apoyo a los comerciantes.

e) Otros.

Requisitos:

a) Ser Asociaciones de comerciantes de Tarragona inscritas en el Registro de Entidades del Ayuntamiento, y que no estén incluidos en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de
beneficiario o entidad colaboradora previstos en la Ley General de Subvenciones.

b) Que tengan su sede social o delegación en el término municipal de Tarragona, y disfruten de una significativa presencia en la ciudad, con un mínimo de 50 socios, o un número de socios equivalente
el 20% del total de comercios del sector que representen, o de la zona de su influencia, definida y acotada
según el último POEC aprobado.

c) Que de acuerdo con sus estatutos o normas reguladoras, tengan objetivos o finalidades de significado coincidente con la finalidad de estas bases.

d) Que hayan justificado en forma cualquier subvención anterior otorgada por el Ayuntamiento, excepto en aquellos casos en que aunque no haya transcurrido el correspondiente plazo de justificación o de prórroga.

e) Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, el resto de administraciones, con la AEAT y con la Seguridad Social.

f) Que no hayan incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida para participar en la convocatoria.

g) Una misma entidad no podrá optar a subvención por separado y en tanto que integrada en una asociación de segundo grado.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/07/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 164
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 02/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5955
Documento: Anuncio. Descargar Documento