Subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización, proyectos de relocalización de actividad productiva en Cataluña y proyectos de inversión del sector industrial y de servicios a la producción.

Código de ayuda:

S21800/22

Norma:

RESOLUCIÓN EMT/965/2022, de 5 de abril. RESOLUCIÓN EMT/1036/2022, de 11 de abril. RESOLUCIÓN EMT/1810/2022, de 7 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización, proyectos de relocalización de actividad productiva en Cataluña y proyectos de inversión del sector industrial y de servicios a la producción.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de esta convocatoria es de 27.000.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que desarrollen alguno de los proyectos y cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización siempre que incorporen al menos el 50% de los puestos de trabajo susceptibles de la reindustrialización o un mínimo de 50 puestos de trabajo. Se entiende por puestos de trabajo susceptibles para la reindustrialización, el de aquellos/aquellas trabajadores/oras despedidos como consecuencia del cierre y/o deslocalización y que no formen parte del colectivo de prejubilaciones u otras situaciones de mantenimiento de vinculación laboral activa en su anterior empresa.

b) Proyectos que incorporen a centros productivos, nuevos o existentes, de empresas industriales o de
servicios a la producción, un mínimo de 25 puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre, reducción de actividad o deslocalización. Estos puestos de trabajo afectados por alguna de estas casuísticas tendrán que referirse al procedimiento de período de consultas del expediente de regulación de la ocupación entre empresa que cierra su actividad y sus representantes sociales.

c) Proyectos de relocalización de actividad industrial en Cataluña mediante inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 1.000.000,00 de euros en nuevos centros productivos y/o que incorporen un incremento neto mínimo de 20 puestos de trabajo. En el caso en que el proyecto lo realice un proveedor local que pase a asumir la fabricación de un tercero que hasta ahora la realizaba en otro país, deberá presentar el contrato con el pedido cierto para los próximos ejercicios.

d) Proyectos para la realización de inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de
3.000.000,00 de euros en Cataluña y/o que comporten un incremento neto mínimo de 50 puestos de trabajo.

e) Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en
situación de dificultad que incorporen y mantengan al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados o un mínimo de 10 puestos de trabajo.

Se consideran subvencionables los gastos siguientes:

a) gastos de personal contratado de acuerdo con el proyecto presentado.

b) inversión en activos fijos del establecimiento productivo. Los activos fijos subvencionables se deberán incluir en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado periodo ninguna medida que suponga el cese de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8645
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8648
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/06/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8688
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento