Subvenciones de apoyo a las organizaciones dinamizadoras de clústeres de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S06473/26

Norma:

ORDEN de 24 de febrero de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 450.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a las organizaciones dinamizadoras de clústeres (ODCs) de la Comunidad Autónoma del País Vasco para promover la competitividad de las pymes y de la economía vasca, en general.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo de ayuda a percibir por cada beneficiaria no podrá superar los 450.000,00 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

– las asociaciones sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia (en adelante asociación), o
– las agrupaciones de asociaciones (en adelante agrupación) con o sin personalidad jurídica propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Gastos internos.
a) Gastos de personal propio de la organización dinamizadora del clúster (ODC) necesarios para desarrollar las acciones presentadas, considerando tanto los salarios como la seguridad social. Los gastos de personal se determinarán, y en su caso justificarán por su importe real (salario bruto y seguridad social de la empresa).
b) Gastos de la estructura de la organización dinamizadora del clúster (ODC) que se calcularán como un porcentaje fijo sobre los gastos de personal (coste salarial más cuotas de la seguridad social) sin necesidad de justificar documentalmente. Este porcentaje se fija en el 15 %.
c) La tasa horaria por persona se calculará teniendo en cuenta la jornada anual real establecida en el convenio que rige en la asociación. Así, el cálculo de la tasa horaria se obtendrá como resultado de sumar los anteriores gastos de personal y de estructura y dividir el resultado entre el número de horas de jornada anual de convenio.

2. Gastos externos. Serán elegibles los gastos de contratación para la provisión de servicios, consultorías, acciones de promoción en diversos formatos, incluidos los formatos virtuales, de acompañamiento internacional, etc., necesarios para desarrollar las acciones presentadas. Asimismo, se considerará subvencionable el coste de la auditoria de la cuenta justificativa, hasta un límite de 1.500 euros.

Requisitos:

a) Contar con un Plan Estratégico del Clúster (PEC) plurianual, actualizado y aprobado por los órganos de gobierno de las entidades beneficiarias, y desarrollado conforme a la «Guía para Elaboración de Planes Estratégicos de Clústeres», que se publica en la página www.euskadi.eus

b) Contar con un Plan de Actuación Clúster (PAC) anual que indique el detalle de las acciones a realizar, los recursos a dedicar y los resultados que se plantea lograr para implementar el Plan Estratégico del Clúster, así como identificar el correspondiente proyecto anual de internacionalización, si lo hubiera.

c) Contar con masa crítica suficiente:
– El número de empresas asociadas que paga cuota a la organización dinamizadora (ODC) debe ser superior a 40, y
– La suma de la facturación de las empresas asociadas debe ser superior al 1 % del PIB de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

d) Contar con participación de PYMEs: al menos un 60 % de las empresas asociadas deben ser PYMEs.
Se entenderá por PYMEs las que cumplan los siguientes requisitos:
– Que emplee a menos de 250 personas.
– Que su volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
El cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará de conformidad a lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.

e) Contar entre sus miembros con una representación de todas las partes interesadas y eslabones de las cadenas de valor que componen el cluster, empresas tractoras o integradoras, suministradoras medianas y pequeñas, agentes científico-tecnológicos, centros formativos, universidades, etc.

f) En el caso de acceso a la bolsa de internacionalización, contar con estructuras especializadas de tipo comité de internacionalización, equipo de internacionalización o similar.

g) El alcance territorial de actuación debe ser como mínimo la Comunidad Autónoma del País Vasco.

h) Que el PEC, el PAC y las actuaciones que desarrollen de fomento de la competitividad empresarial a través de la colaboración, se ajusten, estén alineadas y contribuyan a la implementación de la Estrategia de Competitividad, Tecnología, Innovación del Gobierno Vasco y del Plan de Industria e Internacionalización de la XIII legislatura.

i) Contar con una Junta Directiva representativa de las asociaciones. Esta Junta asumirá la responsabilidad de llevar a cabo las actuaciones propuestas en coherencia con el Plan Estratégico.

j) Contar con una persona que desempeñará la máxima responsabilidad ejecutiva en la coordinación y ejecución del Plan de Actuación Anual (PAC). Esta persona deberá estar contratada como gerente con dedicación a jornada completa.

Documentos asociados

Boletín: 06/03/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 45
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento