Subvenciones de apoyo a la inversión para la mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los centros tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) (SA.119910).

Código de ayuda:

S13819/26

Norma:

ORDEN EYH/875/2023, de 10 de julio. Orden de 11 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la inversión para la mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León, que permitan el fortalecimiento de sus capacidades científicas y tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejeria de Economía y Hacienda (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención consistirá en un porcentaje del 50% del gasto considerado subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D

Detalle beneficiarios:

Centros Tecnológicos Regionales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables las inversiones para la creación o mejora de infraestructuras de investigación según se definen en la base tercera, realizadas en los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León, que permitan el fortalecimiento de sus capacidades científicas o tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia RIS3 de Castilla y León, o de la estrategia que la sustituya en el futuro.

2. Las actuaciones subvencionables consistirán en la adquisición de equipamiento científico o tecnológico, de tecnologías de la información y comunicación (incluidos, entre otros, programas o aplicaciones informáticas de carácter especializado y técnico), así como de recursos basados en el conocimiento, que permitan la mejora de las capacidades científicas o tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia RIS3 de Castilla y León, en líneas de trabajo existentes de I+D+I o bien para iniciar actividades de I+D+I en nuevos ámbitos, sobre la base de su especialización tecnológica y sectorial.

3. Las actuaciones subvencionables podrán contemplar la adquisición de un único equipo o bien un conjunto de equipos o de recursos para la dotación de un espacio o varios, con una o varias finalidades concretas.

Requisitos:

a) Que sean técnica, económica y financieramente viables.

b) Que el plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas, así como los plazos parciales que en su caso pudieran establecerse, sean cumplidos.

c) Que la ejecución de dichas actuaciones no se haya iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud ya que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, las subvenciones reguladas en esta orden sólo serán aplicables si tienen efecto incentivador.

d) Las inversiones deberán ser realizadas por la entidad beneficiaria en la sede social o en cualquier otro centro de trabajo que tenga la entidad en Castilla y León.

e) Las propuestas de inversión tienen que ser coherentes con la Estrategia RIS3 de Castilla y León o estrategia que la sustituya en el futuro.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 89
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 13/05/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 89
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 17/05/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 136
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento