Subvenciones de apoyo a la iniciativa empresarial de las mujeres.

Código de ayuda:

S01164/03

Norma:

Orden de 7 de julio de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/09/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Integración laboral de las mujeres, mediante su establecimiento como empresaria en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total: 150.250,00 euros.
El importe de la subvención concedida no excederá de 3.005 euros. Así mismo, el importe de la subvención concedida, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales y con cualquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad, supere el coste de los gastos que motivaron la concesión de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas promovidas por mujeres que se establezcan como tales con personalidad física o jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Colaborar en la financiación de los gastos derivados del arrendamiento de los locales de negocio, siempre que éstos se hayan producido en el presente ejercicio.


Requisitos:

a) Ejercer su actividad y tener domicilio social en la Región de Murcia.
b) Haber iniciado la actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2002.
c) En el caso de tratarse de Comunidades de Bienes o Sociedades, éstas deberán estar gestionadas por mujeres, entendiéndose por ello, que, al menos, el 50% del capital social está suscrito por mujeres y que exclusivamente a ellas corresponden las funciones de administración y/o gerencia.
d) No haber recibido subvenciones para gastos relativos a la finalidad a que se refiere esta convocatoria o para gastos de adquisición de equipamiento, procedente de la Administración Pública Regional o de sus Organismos Autónomos, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2002.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2003
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 171
Documento: Convocatoria Descargar Documento