Subvenciones de Formación Industrial para el año 2004.

Código de ayuda:

S06873/03

Norma:

Orden EYE/1677/2003 de 15 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/01/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de acciones de Formación de Profesionales y Técnicos en materia de Seguridad Industrial.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía será el 75% del gasto total de la acción formativa, excluido el IVA.
El máximo no podrá sobrepasar los 4.508 euros. No obstante para algunas acciones formativas, podrá llegar a 7.212 euros cuando la duración de los cursos previstos para la obtención de carnés, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 7 de noviembre de 2000, supere 120 horas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Entidades, Agrupaciones Profesionales o Asociaciones que realicen las actividades previstas en esta convocatoria y no tengan ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Cursos sustitutorios, complementarios o adicionales de la titulación, para la obtención de los carnés profesionales, pudiendo incluir también la formación relativa a los Reglamentos específicos.
- Cursos de adaptación y actualización de conocimientos para profesionales que dispongan ya de los oportunos carnés.
- Cursos para técnicos titulados, de formación técnica y reglamentaria para el desempeño de las actividades de proyecto, certificación, ensayo, inspección o auditoría establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial.

Requisitos:

- Las acciones formativas se realizarán por los solicitantes no admitiéndose la subcontratación en lo referente a dirección, coordinación y programación.
- Los beneficiarios de las presentes subvenciones están exentos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria Descargar Documento