Subvenciones de ENAIRE destinadas a actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad.

Código de ayuda:

S50619/19

Norma:

Orden FOM/926/2019, de 26 de julio. Resolución de 30 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de noviembre de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocatoria para el año 2019 de las subvenciones de ENAIRE destinadas al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, redundando, así mismo, en el cumplimiento alternativo de la obligación de contratar personas con discapacidad prevista en el artículo 2.1.c) del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, mediante la realización de donaciones para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Fomento ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas que individualmente puedan concederse a cada beneficiario será de 100.000 euros, determinándose el orden de prelación conforme a los baremos recogidos en el artículo 15 y determinándose el importe a subvencionar de manera proporcional a los mismos hasta agotar la cuantía disponible correspondiente a cada ejercicio, teniendo presente los límites establecidos en el artículo 9 de las presentes bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas, en los términos establecidos en las presentes bases, las fundaciones o asociaciones de utilidad pública debidamente registradas y domiciliadas en territorio español, cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que presenten un proyecto destinado al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo que permitan la integración en el mercado de trabajo de dichas personas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos destinados al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad.

Requisitos:

Para poder obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en esta Orden, las fundaciones o asociaciones deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se efectuará según lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Documentos asociados

Boletín: 09/09/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 07/10/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/10/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento