Subvenciones de Bienestar Social.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S16891/14

Norma:

Ibiza.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones en materia de Bienestar Social para el año 2014, orientadas a las entidades sociales y socio sanitarias del municipio de Eivissa, que impulsen de forma específica actuaciones dirigidas a colectivos en situación de vulnerabilidad social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, ya sean entidades, grupos asociativos u organismos legalmente constituidos que impulsen de forma genérica actuaciones dirigidas a colectivos en situación de vulnerabilidad social en el municipio de Eivissa y que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones vecinales del Ayuntamiento de Eivissa con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias y que cumplan los requisitos de estas bases.

Excepcionalmente el Ayuntamiento estudiará las peticiones de asociaciones que tengan su sede social fuera del municipio de Eivissa, pero dentro del ámbito autonómico, para actividades que se realicen dentro de nuestro municipio o de las cuales se beneficien personas residentes en el municipio pero que dada la naturaleza de la actividad ésta no de pueda llevar a término dentro del municipio de Eivissa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos corrientes:

Material de oficina no inventariable.

Servicios de comunicación postal, telefónico e informático.

Gastos de divulgación.

Arrendamiento del local.

Gastos de mantenimiento del local, (electricidad, agua, limpieza, obras de reforma, etc.)

Recibos de impuestos.

Compra de productos de higiene, limpieza, farmacia, alimentos.

Gastos de seguridad y prevención de riesgos, alarmas, extintores, etc.

Compra de electrodomésticos para el local, (radiadores, ventiladores, aspiradores, etc.)

Seguros.

Impuestos sobre el valor añadido (IVA).

Gastos diversos de pequeña cuantía (gastos de naturaleza corriente que no tengan cabida en los anteriores conceptos).

Gastos de personal.

Gastos de transporte y alojamiento. Deberá especificarse el motivo, vehículo, trayecto y kilometraje realizado.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 57
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento