Subvenciones de Acciones de cooperación para el desarrollo para la formulación técnica de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondientes al 2020.

Código de ayuda:

S65364/19

Norma:

Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre. Resolución de 16 de diciembre de 2019. Orden AUC/405/2020, de 6 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones financiarán gastos de la formulación técnica de propuestas de proyectos a aquellas entidades que, habiendo sido seleccionadas en una lista corta de una convocatoria internacional de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, presenten la propuesta a la segunda fase del procedimiento dentro del periodo comprendido entre el 10 de enero de 2020 y el 10 de septiembre de 2020.

Quedan excluidos de la presente convocatoria las licitaciones de contratos de obras y suministros.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los 30.000 euros, si el solicitante es una agrupación, y 25.000 euros si se solicita en solitario. El importe de la subvención concedida, en todo caso, no podrá ser superior al 10 por 100 del coste total del proyecto que está siendo objeto de formulación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo inscritas en el registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la AECID, conforme a lo establecido en el Real Decreto 193/2015, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de organizaciones no gubernamentales de
desarrollo, en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado que tenga la condición de solicitante principal o cosolicitante en la propuesta presentada a la segunda fase de una convocatoria internacional descrita en la base 1.1 de esta convocatoria.

b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica lideradas por organizaciones no gubernamentales de desarrollo inscritas en el registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia española de cooperación internacional para el desarrollo que podrán, además, incluir a personas jurídicas pertenecientes a las siguientes tipologías:

Entidades del ámbito académico y de la investigación (universidades, fundaciones universitarias, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados)

Entidades del sector privado empresarial: empresas, empresas de la economía social, asociaciones y fundaciones empresariales y otros análogos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los costes de personal propio de la entidad solicitante, o de los miembros de la agrupación solicitante de esta ayuda, en la medida en que estén dedicados a la acción de formulación y que correspondan a alguna de las siguientes categorías: personal local, personal expatriado y personal en sede.

b) Viajes, alojamientos y dietas. Se incluyen los gastos vinculados a la movilidad del personal necesaria para la formulación de la propuesta

c) Servicios técnicos y profesionales, requeridos para la realización de diagnósticos, informes, asesorías jurídicas o financieras, traducciones u otras necesidades contempladas en la acción de formulación.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 261
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/12/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 308
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/12/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 308
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/05/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Suspenso vigencia bases Descargar Documento
Boletín: 15/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 220
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento