Subvenciones correspondientes al Programa de Inserción Laboral a través de obras o servicios de interés general y social.

Código de ayuda:

S53528/22

Norma:

Orden de 31 de agosto de 2022. Resolución de 20 de septiembre de 2022. Resolución de 6 de noviembre de 2023. Resolución de 30 de septiembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este programa tiene como finalidad, como parte del itinerario individual y personalizado realizado a los demandantes de empleo, la adquisición de experiencia laboral, la mejora de la ocupabilidad y el fomento de la actividad, en aquellos sectores del ámbito local en los que se detectan nuevas necesidades aún no satisfechas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el cálculo del importe a subvencionar se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Las subvenciones a otorgar se calcularán en función del número de meses de duración de los contratos (mínimo 6 meses y máximo de 9 meses) de acuerdo con las cuantías de referencia establecidas.

b) Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, dicha subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, sin que ésta pueda ser inferior al 75% de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.

c) De conformidad con el artículo 2.4 de la Orden de bases, sólo se podrá solicitar un proyecto por entidad con un máximo de 2 personas trabajadoras por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Para el Subprograma de «Empleo público local», las entidades que integran la Administración Local de la Región de Murcia, sus organismos autónomos y los organismos públicos y demás entidades de derecho público
vinculados o dependientes de las citadas entidades, de carácter administrativo, cuya titularidad corresponda integra o mayoritariamente a las mismas.

b) Para el subprograma de «Empleo con Entidades sin ánimo de lucro» las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que se encuentren inscritas en el correspondiente registro de asociaciones o fundaciones con una antelación mínima de 3
años y que gocen de capacidad técnica suficiente para la ejecución del correspondiente proyecto y disponga de cuenta de cotización por haber desarrollado actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Este programa consta de dos subprogramas:

a) «Empleo Público Local».

b) «Empleo con Entidades sin ánimo de lucro».

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En particular, para poder obtener la condición de beneficiario el solicitante deberá:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11. b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, se exceptúan de la obligación de acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.

Estos requisitos deberán estar acreditados en el procedimiento con anterioridad a la realización de la propuesta de resolución de concesión.

Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM n.º 23 de 29 de enero de 2022).

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 207
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 24/09/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 222
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/09/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 222
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2023
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 259
Documento: Ampliación crédito Descargar Documento
Boletín: 07/10/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 232
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/10/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 232
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento