Subvenciones correspondientes a los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía.
Código de ayuda:
S52000/22Norma:
6 Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre. Resolución de 19 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones correspondiente a los siguientes programas de incentivos:Programa 1: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
Programa 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades deportivas
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas los previstos en el artículo 16 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, de bases reguladoras.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 y siempre que cumplan lo establecido en el Anexo I del RD 1124/2021, serán subvencionables en cada uno de los programas de ayudas, todas aquellas actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones o las ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes, que abastezcan cualquiera de las aplicaciones que recoge el punto AI.1. Se incluyen las tecnologías solar térmica, geotermia y energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa, microrredes de distrito de calor y/o frío.Las microrredes de distrito de calor y/o frio que se acojan al Programa 2 deberán cumplir que, como mínimo, el 80% de la producción anual generada esté destinada a autoconsumo.
Las instalaciones realizadas deberán cumplir con los requisitos técnicos que, en función de la
tecnología, establece el Anexo I del RD 1124/2021, así como cualquier otra normativa nacional o europea
que les sea de aplicación, incluido, en su caso, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios
(RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
Las instalaciones de geotermia y energía ambiente (aerotermia e hidrotermia) mediante bomba de calor deberán tener un rendimiento medio estacional (SFP) superior a 2,5 para las aplicaciones de calor. En el caso de las aplicaciones para únicamente producción de frío en climatización de edificios, el SPF mínimo será el que se establezca en la normativa vigente de carácter nacional o europea.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 305
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
29/08/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 166
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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29/08/2022
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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