Subvenciones correspondientes a los programas de apoyo infraestructural y adquisicion de equipamientos a las comunidades gallegas en el exterior.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S07000/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades gallegas en el exterior.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

– Programa A. Ayudas para la ampliación, reforma, rehabilitación y conservación de sus
instalaciones y/o de su patrimonio cultural.

El importe máximo de las inversiones del proyecto para el cual se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 60.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no se tendrá en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.

El importe máximo a conceder será inferior a 30.000 € para obras que se realicen en inmuebles propiedad de la entidad solicitante o que tenga cedidos en uso exclusivo por administraciones o entes públicos para los que acredite un período de vigencia de 15 años o superior, contado desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. En caso de que el período de cesión vigente finalice entre los próximos 10 y 15 años, el importe máximo de la ayuda se disminuirá a razón de 4.000 €/año.

No se concederán ayudas superiores a 6.000 € para obras en inmuebles alquilados o que tengan cedidos por un período que termine antes de los 10 años siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– Programa B. Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable.

El importe máximo de las inversiones del proyecto para el que se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 24.000 €. En caso de que sea superior, la cuantía que exceda de este límite no se tendrá en cuenta a efectos de determinar el importe de la subvención a conceder.

El importe máximo a conceder en este programa será de 12.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

1. Entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que tengan reconocida la categoría de comunidad gallega o de centro colaborador de la galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

2. Entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que tengan reconocida la categoría de comunidad gallega o de centro colaborador de la galleguidad al amparo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad y normativa de desarrollo.

3. Entidades resultantes de procesos de unión o fusión ya finalizados, que hayan solicitado el reconocimiento de su galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Programa A. Ayudas para la ampliación, reforma, rehabilitación y conservación de sus
instalaciones y/o de su patrimonio cultural.

– Programa B. Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento