Subvenciones correspondientes a la línea 7 regulada en la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Código de ayuda:

S35591/23

Norma:

Resolución de 12 de septiembre de 2023. Orden de 5 de octubre de 2020. Orden de 29 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de septiembre del 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones correspondientes a la línea 7 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (en adelante bases reguladoras):

Línea 7. Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones de la presente convocatoria las empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 49, conforme al apartado 4.a).1.º de las bases reguladoras y que se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º de las bases reguladoras.

Se entenderá por empresa cualquier modalidad organizativa que realice la contratación de su personal según la normativa vigente.

Se entienden excluidas las Administraciones Públicas a las que hace referencia la disposición adicional séptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

Documentos asociados

Boletín: 09/10/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
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