Subvenciones correspondientes a acciones de divulgación y comunicación científica y tecnológica (Diverciencia) en el marco del Programa de comunicación y sensibilización social (CSS) del Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (Incite), se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S44728/08

Norma:

Orden de 30 de mayo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consellería de Innovación e Industria con el fin de poner en marcha los instrumentos previstos en el Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica 2006-2010 (Incite) para la ejecución de acciones de comunicación y divulgación
científica y tecnológica (Diverciencia-IN842A) en el marco del Programa de comunicación y sensibilización
social, entre las que se encuentran las celebradas en el marco de la Semana de la ciencia 2008, que se incluyen como anexo I.

Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las actividades objeto de la subvención serán financiadas en un porcentaje único que determine la
Comisión de Valoración y que podrá llegar al 100%, en función de las disponibilidades presupuestarias y
siempre que en función del régimen jurídico de la entidad solicitante la normativa aplicable permita
subvencionar dicho porcentaje.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, toda entidad pública o privada con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Galicia que, dentro de los fines y objetivos recogidos en sus estatutos o documentos fundacionales, tengan competencias relacionadas con la investigación científica, el desarrollo
tecnológico, la difusión y la divulgación de la cultura científica, y asimismo, tengan capacidad demostrada
para el desarrollo de las anteriores actividades.

En todo caso debe pertenecer a alguna de las siguientes tipologías:

a) Universidades del Sistema Universitario de Galicia.
b) Organismos públicos de investigación de la Comunidad Autónoma o de la Administración general del Estado.
c) Centros tecnológicos reconocidos por la Dirección General de I+D+I.
d) Agrupaciones sin ánimo de lucro.
e) Cualquier otro organismo dependiente de la Comunidad Autónoma o de la Administración general del Estado, o entidad dependiente de éstas, que desarrolle actividades de investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto promover el desarrollo de actividades de comunicación y divulgación científica y tecnológica que contribuyan a fomentar una cultura del conocimiento
de la ciencia y la tecnología que posibilite que el conjunto de la sociedad tenga una mejor percepción de las actividades de I+D+I y de la repercusión de sus resultados en la sociedad. Las actividades realizadas en el marco de esta convocatoria podrán optar a encuadrarse en la celebración de la Semana de la ciencia, que se celebrará del 10 al 23 de noviembre de 2008.

En concreto, se considerarán actuaciones subvencionables las acciones de comunicación y divulgación que traten temas de contenido científico, siempre que estas sean efectivamente realizadas y pagadas desde el 1 de enero de 2008 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 17, y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se puedan insertar en alguno de los objetivos del Programa de comunicación y sensibilización
social recogidos en la presente convocatoria.
b) Estar dirigidas a un público no especializado y no habitual en las actividades relacionadas con la ciencia
y tecnología (además del público al cual dirige la entidad solicitante sus actividades).
c) Tener carácter abierto y gratuito.
d) Contar con un plan de difusión y comunicación.
Las entidades beneficiarias deberán difundir las actividades a través de acciones de publicidad adecuadas
al público al que van dirigidas.
e) Emplear la lengua gallega tanto en el desarrollo de la actividad como en los contenidos de todo el
material impreso, audiovisual o electrónico que se produzca.
f) Las actividades deberán ser innovadoras, tener carácter lúdico y participativo.
g) Las actividades propuestas no pueden formar parte de la programación habitual de actividades de
la entidad solicitante.

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las siguientes actuaciones:

conferencias, jornadas de puertas abiertas y todas aquellas actuaciones dirigidas a un público especializado.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento