Subvenciones con destino a la renovación de la oferta alojativa de los núcleos turísticos de Puerto delCarmen (Lanzarote) y San Agustín (Gran Canaria), cofinanciacidas por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Código de ayuda:

S36782/06

Norma:

ORDEN de 27 de septiembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es establecer las normas que han de regir la concesión de subvenciones destinadas a la renovación de la planta alojativa hotelera y extrahotelera de los núcleos turísticos de Puerto del Carmen (Lanzarote) y San Agustín (Gran Canaria).

Las subvenciones tendrán como finalidad fomentar actuaciones encaminadas a la renovación de la oferta de alojamientos hoteleros y extrahoteleros ubicados en los núcleos turísticos de Puerto del Carmen (Lanzarote) y San Agustín (Gran Canaria).

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Turismo (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades mercantiles, las sociedades civiles, cooperativas o empresarios individuales, que sean propietarios o explotadores en exclusiva de establecimientos de alojamiento turístico hoteleros y extrahoteleros.

Se entenderán expresamente excluidas las comunidades de bienes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos de inversión que tengan por objeto la renovación de establecimientos hoteleros y extrahoteleros
ubicados en los núcleos turísticos de Puerto del Carmen (Lanzarote) y San Agustín (Gran Canaria), entendiendo por ésta la intervención que se realiza en el establecimiento, al menos para sustituir o modificar en profundidad lo elementos menos duraderos (instalaciones, pavimentos, acabados, carpinterías interiores y exteriores, sanitarios y otros) y, como máximo, para adecuarlo a una nueva distribución del espacio o al modelo turístico del núcleo.

Los proyectos de inversión conllevarán la realización de una inversión de, al menos, 15.000,00 euros por unidad alojativa.

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables vinculadas al proyecto presentado:

a) Los gastos efectuados por la realización de obra civil e instalaciones especiales.
b) Los gastos efectuados por la adquisición de bienes de equipo.
c) Los gastos efectuados por honorarios profesionales correspondientes a la redacción y dirección de los proyectos técnicos necesarios para la realización de las obras de renovación.

El inicio del plazo para realizar la actividad se computará a partir del 1 de enero de 2006, siendo por tanto subvencionables, únicamente las inversiones realizadas a partir de esa fecha.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 194
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento