Subvenciones con destino a la realización de Proyectos de Campos de Trabajo, en el Área de Juventud, y se efectúa convocatoria anticipada para el año 2007.

Código de ayuda:

S46428/06

Norma:

ORDEN de 15 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases, tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la realización de
Proyectos de Campos de Trabajo que tengan como finalidad:

a) La intervención socio-comunitaria en la promoción de conductas de prevención y/o integración en ámbitos preferentemente juveniles, con especial atención a proyectos vinculados a la igualdad de oportunidades, entre ambos sexos y prevención de la violencia de género.

b) La recuperación y difusión de aspectos etnográficos, culturales y tradicionales canarios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder, por proyecto, será de siete mil quinientos (7.500,00) euros.

En todo caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 75% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria, las Entidades Locales Canarias y las Entidades privadas, con
sede en Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención a otorgar se destinará a la financiación de los gastos derivados del alojamiento,
manutención, transporte, material fungible, contratación de personal y/o su formación.

Constituirá concepto de gasto imprescindible en la planificación presupuestaria de cualquier proyecto, la partida destinada a la póliza de seguro.

Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. El número de plazas a ofertar para participar en un Campo de Trabajo no podrá ser superior a 25 ni
inferior a 20.
2. La edad de los participantes deberá estar comprendida entre los 18 y los 30 años.
3. El plazo de ejecución del Campo de Trabajo deberá estar comprendido entre el 10 de julio y el 31 de agosto de 2007. Sobre el referido plazo no se podrá ejercer petición de prórroga.
4. La duración del Campo de Trabajo deberá ser entre 15 y 20 días, de forma ininterrumpida.
5. La entidad solicitante deberá disponer de instalación/es que reúna/n las condiciones mínimas de
alojamiento siguientes: dormitorios, aula/s adaptada/s para actividades, comedor, sala de estar, duchas y servicios higiénicos.
6. Los participantes en el Campo de Trabajo no podrán ejercer cometidos propios de las plantillas de
trabajadores adscritas a la entidad solicitante.
7. La cuota, por inscripción al Campo de Trabajo, será de 72,00 euros.

Requisitos:

La entidad beneficiaria podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del cincuenta por ciento del importe de la actividad subvencionada.

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas.

2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente en cualquier
procedimiento, no hallarse declarado en concurso, no estar sujeto a intervención judicial o no haber sido
inhabilitado conforme a la Ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en
la sentencia de calificación del concurso.

3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la Resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

4.- No estar incurso en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades
de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado,
de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

5.- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y
con la Seguridad Social.

6.- No tener residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

7.- No tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

8.- No haber sido sancionado mediante Resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones según establece la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.

9.- Las Entidades privadas deben estar legalmente constituidas y carecer de ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 228
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento