Subvenciones con destino a entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.

Código de ayuda:

S35591/21

Norma:

ORDEN ICD/746/2021, de 21 de junio. Orden ICD/293/2022, de 9 de marzo. ORDEN ICD/1989/2022, de 21 de diciembre. ORDEN MAT/2023/2023, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de febrero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto la convocatoria, para el año 2024, de las ayudas destinadas a financiar actuaciones en materia de turismo previstas en el apartado cuarto de la Orden de convocatoria, que sean realizadas por entidades privadas sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Turismo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 100% de los gastos subvencionables descritos en el apartado séptimo de la Orden de convocatoria, sin que la inversión mínima aceptada pueda ser inferior a cuatro mil euros (4.000 euros) ni superior a sesenta mil euros (60.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito autonómico, provincial, comarcal o local, que se encuentren debidamente inscritas en el registro correspondiente y cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en Aragón.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en las demás prohibiciones previstas en la Ley 5/2015, de 25 de marzo.

Cuando los destinatarios de las ayudas o subvenciones sean las empresas, se exigirá, cuando así lo disponga la respectiva convocatoria, que el objeto de las mismas sea para el mantenimiento o incremento del empleo y los puestos de trabajo, y que existan mecanismos de información al personal de la empresa sobre el objeto de las ayudas y su gestión, como método de asegurar la transparencia de las empresas.

Documentos asociados

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