Subvenciones con cargo al fondo de ayuda sindical.

Código de ayuda:

S19982/09

Norma:

Orden de 05/03/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan subvenciones con cargo al Fondo de Ayuda Sindical para la elaboración y desarrollo por los beneficiarios de actividades de acción sindical y/o de formación sindical de los representantes de los trabajadores.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El régimen de concesión es el procedimiento de porrateo, previsto como excepcional dentro del régimen de concurrencia competitiva. El órgano competente para la concesión de la subvención procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de ésta, del importe global máximo destinado a las subvenciones. Así, las subvenciones se distribuirán proporcionalmente en función del número de representantes que se hayan obtenido, por cada Organización Sindical solicitante de las ayudas, a fecha 31 de diciembre de 2008, con el límite del crédito presupuestario asignado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria aquellas Organizaciones Sindicales legalmente constituidas y con representación en Castilla-La Mancha.

Requisitos:

-Encontrarse al corriente de obligaciones tributarias, tanto a nivel estatal como autonómico.

-Encontrarse al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.

-Encontrarse al corriente de obligaciones por reintegro de subvenciones.

-En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riegos laborales, y no deben haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

- No estar incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Copia compulsada del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o declaración responsable de estar exento de pago o no sujeto al referido impuesto. 3. Se excepciona el requisito del domicilio fiscal en virtud de lo establecido por el artículo 73.3.b) de la Ley 9/2006, de 21 de diciembre, de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en razón al fundamento de estas subvenciones cual es el fomento de la actividad sindical de los sindicatos con representatividad acreditada en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento