Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para el Fomento del Empleo Estable por cuenta ajena.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S45119/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Dos meses desde la fecha de inicio del contrato o de la transformación contractua.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2013, en régimen de concesión directa, las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena, mediante la formalización de contrataciones indefinidas o transformaciones de determinados contratos temporales en indefinidos.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa I: La cuantía de la subvención por la formalización a jornada completa de las contrataciones indefinidas subvencionables será de 2.000 euros.

Programa II: La cuantía de la subvención por la formalización a jornada completa de la contratación subvencionable será de 3.000 euros.

Programa III: La cuantía de la subvención por la formalización a jornada completa de la transformación contractual subvencionable será de 1.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en los Programas I (Fomento de la contratación indefinida) y III (Fomento de la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos) las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contrataciones indefinidas o transformaciones de determinados contratos temporales en indefinidos en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones o transformaciones contractuales.

2.– Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en el Programa II (Fomento de la contratación del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia) los trabajadores por cuenta propia establecidos en Castilla y León, que contraten su primer trabajador.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

• Programa I: Fomento de la contratación indefinida (código REAY ECL046).

• Programa II: Fomento de la contratación del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia (código REAY ECLO34).

• Programa III: Fomento de la transformación de contratos temporales en indefinidos (código REAY ECLO47).

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable recogida como Anexo III de esta resolución.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/12/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento