Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género en Castilla y León.

Código de ayuda:

S39237/20

Norma:

ORDEN FAM/680/2020, de 17 de julio. Resolución de 31 de julio de 2020. Resolución de 6 de abril de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concesión directa, y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014/2020), va destinada a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género, a través de la financiación de su contratación, con la finalidad contribuir a que las mujeres víctimas de violencia de género alcancen una mayor autonomía a través de su independencia económica, favoreciendo su plena integración social.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará en la convocatoria en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. En todo caso, su importe máximo será de 10.000 euros por cada contrato indefinido a tiempo completo. Para los contratos temporales a tiempo completo de mínimo seis meses de duración el importe máximo será de 4.000 euros y de 2.000 € para aquellos contratos de duración mínima de tres meses hasta seis meses.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente orden las empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro que cumpliendo los requisitos que determine la convocatoria, realicen la actuación subvencionable descrita en la base sexta y que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la contratación con carácter temporal o indefinido de mujeres víctimas de violencia de género para el desempeño de un puesto de trabajo ubicado en el territorio de Castilla y León, en los términos que establezca la correspondiente convocatoria.

En el supuesto de contratación temporal, el contrato deberá formalizarse por un período mínimo de tres o de seis meses, de acuerdo con la previsión contenida en la base séptima.

El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. En este último caso la jornada tendrá que ser, al menos, el 50% de la jornada ordinaria que se establezca en el convenio colectivo correspondiente.

Quedan excluidos los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 05/08/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 158
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 05/08/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 158
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 71
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 71
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento