Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León en el marco del Programa IOEMPRESAS.- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S20528/18

Norma:

ORDEN FAM/461/2018, de 24 de abril. Resolución de 27 de abril de 2018. Resolución de 29 de junio de 2018. ORDEN FAM/421/2019, de 2 de mayo. Resolución de 22 de mayo de 2019. Resolución de 24 de mayo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Conciliación de la vida personal: Hasta el 25 de junio de 2019. Igualdad de oportunidades: Hasta el 28 de junio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014-2020) con una tasa de cofinanciación del 50% tiene por objeto fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León, durante el año 2019.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Linea A:

La cuantía máxima de la subvención será de 10.000 € por beneficiaria.

Linea B:

La cuantía a conceder a cada beneficiario por todas las actuaciones realizadas, será de 2.500 € por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Línea programática A: Podrán ser beneficiarias las empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras, que realicen alguna de las actuaciones subvencionables, descritas en la base Tercera, en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

b) Línea programática B: Podrán ser beneficiarias las empresas con uno o más centros de trabajo en Castilla y León, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras, que realicen alguna de las actuaciones subvencionables descritas en la base Tercera y cumplan los requisitos establecidos en la presente orden y en la respectiva convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actuaciones que, además de cumplir el resto de requisitos establecidos en la presente orden y en su correspondiente convocatoria, se encuadren dentro del fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en castilla y león en el marco del programa IOEMPRESAS y dentro de alguna de las siguientes líneas programáticas:

– A) Línea programática destinada al fomento de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León.

– Acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.

– Acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y acciones que favorezcan la presencia de las mujeres en áreas y niveles en los que estén subrepresentadas.

– Actuaciones dirigidas a prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo.

– Actuaciones dirigidas a implantar un uso inclusivo del lenguaje en la comunicación interna y externa y a promover una publicidad no discriminatoria y exenta de estereotipos de género.

– Actuaciones dirigidas a la formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que la presencia de la mujer es minoritaria.

– Actuaciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres, dirigidas al personal de la entidad – Diseño, negociación e implantación del plan de igualdad de la empresa, acordado con la representación de la plantilla, en empresas de menos de 250 trabajadores.

– B) Línea programática de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León.

En esta línea, serán subvencionables tanto los gastos generados en el estudio, diseño y puesta en marcha, como el aumento en los gastos de personal, derivados de la adopción en el marco de la empresa de medidas de conciliación, tales como:

a) Realizar estudios diagnósticos de la situación de la conciliación de la vida familiar y laboral en la empresa.

b) Planificar y diseñar propuestas articuladas de actuaciones para implantar medidas de conciliación en la empresa.

c) Acciones de formación, información y sensibilización dirigidas a la plantilla sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.

d) Incorporación de sistemas de trabajo y desarrollo de nuevas tecnologías que permitan la implementación de medidas de conciliación y el teletrabajo.

e) Acciones para impulsar que los hombres de la plantilla se acojan a las medidas de conciliación de la empresa.

f) Implantación de flexibilidad horaria, de al menos una hora, en las horas de entrada y salida del centro de trabajo.

g) Implantación de la jornada de trabajo continua.

h) Implantación de hora de finalización de la jornada antes de las 18:00 horas.

i) Implantación de sistemas de compensación de días y/o horas.

j) Implantación de jornada intensiva algún día de la semana.

k) Implantación de jornada intensiva en periodos coincidentes con las vacaciones escolares.

l) Implantación de permisos especiales en casos de necesidades familiares.

m)Implantación de teletrabajo.

n) Implantación de jornadas semanales comprimidas que posibiliten flexibilizar el reparto de horas semanales.

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