Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a empresas para fomentar la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género, dentro de las actuaciones que se incluyen en el Plan Dike.

Código de ayuda:

S10155/07

Norma:

ORDEN FAM/150/2007, de 23 de enero.

Plazo de Solicitud:

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la formalización del contrato.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2007 subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a las empresas que contraten a mujeres residentes en esta Comunidad Autónoma, que hayan sido o sean víctimas de violencia de género, con la finalidad de facilitar la inserción laboral de dichas mujeres, como acción de desarrollo del Plan Dike.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    Podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las empresas que realicen la acción subvencionable.

    A los solos efectos de esta Orden se entenderán asimiladas a las empresas, las entidades sin ánimo de lucro que actúen como empleadoras y reúnan los requisitos y condiciones exigidas en la presente Orden.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    La actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención objeto de la presente convocatoria consiste en la contratación para un puesto de trabajo ubicado en Castilla y León, por un período mínimo de seis
    meses, de las mujeres residentes en Castilla y León que sean víctimas de violencia de género y estén acogidas al Plan Dike.

    Con carácter previo a la contratación de las mujeres, la empresa solicitará a la Dirección General de la Mujer la relación de las mujeres acogidas al Plan Dike que reúnan los requisitos para poder ser contratadas, en función del puesto requerido.

    La contratación puede ser temporal o indefinida, y a tiempo completo o a tiempo parcial.

    La empresa beneficiaria de la subvención no podrá percibir más de una ayuda económica por contratación temporal de la misma trabajadora con cargo a la presente convocatoria.

    Son gastos subvencionables al amparo de la presente convocatoria todos los derivados de la contratación de mujeres en que consiste la acción subvencionable.

    Documentos asociados

    Boletín: 06/02/2007
    BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 26
    Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento