Subvenciones cofinanciadas por el FSE, destinadas a la financiación del programa específico de formación y acciones de apoyo al empleo de personas con discapacidad en el ámbito de la asistencia personal dentro del programa de itinerarios integrados de inclusión sociolaboral para personas con discapacidad y medidas complementarias.

Código de ayuda:

S40300/19

Norma:

ORDEN FAM/921/2017, de 17 de octubre. ORDEN FAM/507/2019, de 10 de mayo. Resolución 19 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Abierto hasta que se cierre o sustituya la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concesión directa, y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014/2020), tiene por objeto la financiación de los gastos generados a las entidades sin ánimo de lucro, por la realización, dentro del programa de itinerarios integrados de inclusión sociolaboral, de programas específicos de formación y de acciones de apoyo al empleo en el ámbito laboral de la asistencia personal.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención estará vinculada al perfil del itinerario desarrollado dentro del programa:

a) Por el contrato de formación y aprendizaje la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 3.500 euros durante el primer año del contrato y de 4.900 euros durante el segundo y tercer año.

b) Para los itinerario de formación y acciones de apoyo al empleo en el ámbito de la asistencia de hasta 200 horas/año, la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 1.400 euros por año o la parte proporcional según el número de horas a cada participante.

c) Para los itinerarios de formación y acciones de apoyo al empleo en el ámbito de la asistencia de hasta 180 horas/año, la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 1.100 euros por año o la parte proporcional según el número de horas a cada participante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la presente orden de bases, las entidades sin ánimo de lucro que, llevando a cabo los programas de itinerarios personalizados de inserción sociolaboral para personas con discapacidad, gestionen, para sus participantes, siempre en coherencia con su proyecto de vida individualizado, un programa específico de formación y de acciones de apoyo para su integración laboral en el ámbito de la asistencia personal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable, en los términos que se especifiquen en la respectiva convocatoria, el desarrollo por parte de las entidades beneficiarias, de un programa específico de formación y de acciones de apoyo para el empleo en el ámbito laboral de la asistencia personal, siempre y cuando el programa propuesto sea coherente con el proyecto de vida individualizado de la persona con discapacidad e incluya alguno de los
siguientes perfiles de itinerarios:

a) Que la persona con discapacidad, tenga un contrato para la formación y el aprendizaje de hasta tres años de duración y a jornada completa. La formación se debe realizar en centros autorizados para el perfil profesional y/o especialidad formativa que se recoja en la convocatoria.

Esta actuación no será compatible con la asistencia del participante a un centro de día en una plaza de financiación pública.

b) Que la persona con discapacidad, realice un curso de formación del ámbito de la asistencia personal de 200 horas/año.

Esta actuación no será compatible con la asistencia del participante a un centro de día en una plaza de financiación pública.

c) Que la persona con discapacidad realice un curso de formación del ámbito de la asistencia personal de hasta 180 horas/año.

En este caso la actuación será compatible con la asistencia del participante a un centro de día en una plaza de financiación pública.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 204
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/05/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 101
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 26/06/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 121
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/06/2019
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Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento