Subvenciones al transporte interinsular de mercancías, relativa al transporte efectuado en el segundo semestre del año 2004 y primer semestre del año 2005.

Código de ayuda:

S41691/05

Norma:

ORDEN de 18 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar semestralmente el valor del flete correspondiente al transporte marítimo y aéreo de los productos originarios de cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes.
Se entenderá como producto originario aquel obtenido, producido, o que haya sufrido elaboraciones y/o transformaciones sustanciales que hayan generado un aumento en su valor añadido en al menos un 30%, en la isla desde la cual se efectúe su transporte.

Igualmente es objeto de esta Orden subvencionar semestralmente el valor del flete correspondiente al transporte marítimo y aéreo que tenga origen en las islas de Gran Canaria y Tenerife con destino a las de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote, y La Graciosa, así como de Lanzarote a La Graciosa, de aquellos artículos que sean de primera necesidad o básicos para el desarrollo de la agricultura, ganadería o acuicultura de las islas destinatarias.

Asimismo se subvencionará el valor del flete correspondiente al transporte marítimo y aéreo de la prensa local diaria canaria.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica solicitante de subvención, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acredite haber abonado el importe del flete correspondiente al transporte.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Como productos originarios se subvencionará el flete correspondiente al transporte marítimo y aéreo de los siguientes productos:
a) Desde El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote: flores, plantas, esquejes, productos forestales, ganado, pescado fresco, productos de acuicultura, huevos, queso, vino embotellado, mojo, fruta fresca, productos hortícolas en fresco, carne fresca, miel, almendras, agua mineral, repostería y artesanía, originarios de cada una de esas islas.
b) Desde Gran Canaria y Tenerife: papas, pescado fresco, pescado congelado o refrigerado, pescado salado, pescado ahumado, harina de pescado, productos de acuicultura, vino embotellado, mojo, repostería, cerveza, café, bebidas refrescantes, ron, leche, queso, derivados lácteos, jugos y zumos de frutas, pastas alimenticias, artesanía, cartón y envases, originarios de la isla.
c) Desde La Graciosa: pescado fresco, marisco, y productos de acuicultura, originarios de la isla.

2. Como productos de primera necesidad o básicos para el desarrollo de la agricultura, ganadería o acuicultura de las islas destinatarias se entienden los siguientes: fruta fresca, productos hortícolas en fresco, plantones de frutales, ganado reproductor y de producción, carne fresca y congelada, pescado fresco y congelado, aceite, azúcar, trigo, agua mineral, semillas, abonos, turba, piensos, maíz y forrajes para el ganado, productos fitosanitarios en general, y medicamentos.

3. Igualmente se subvencionará el flete correspondiente al transporte marítimo interinsular desde la isla de Lanzarote a La Graciosa, de todos los productos originarios de las restantes islas recogidos en el número 1 de este artículo, así como de los productos recogidos en el número 2 de este mismo artículo.

4. Se entiende a los efectos de estas bases como Prensa Local Diaria la referida al ámbito regional canario que se elabore, edite e imprima en su totalidad en las Islas Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 146
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento