Subvenciones al transporte interinsular de mercancias no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S51800/10

Norma:

ORDEN de 24 de agosto de 2010. ORDEN de 30 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar el coste del transporte, realizado durante el año 2009, según cuantía fijada en el coste-tipo establecido a que se refiere la base tercera correspondiente al transporte marítimo y aéreo de los productos no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, desde cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes que se indican a continuación:

a) Productos originarios o transformados en Canarias.

b) Los medicamentos no originarios ni transformados en Canarias.

c) Los productos agrícolas transformados relacionados en los anexos B del Reglamento (CE) 3448/93, del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas. Dichos productos aparecen en el modelo de solicitud anexo a la presente Orden, en el documento denominado “Mercancías Subvencionables”.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Obras Públicas y Transportes (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Tráficos que se produzcan desde islas no capitalinas a cualquier otra isla: hasta el 100% del coste- tipo aplicable a su trayecto.

- Tráficos que se produzcan desde isla capitalina hacia isla no capitalina: hasta el 100% del coste-tipo aplicable a su trayecto.

- Tráficos que se produzcan desde isla capitalina hacia isla capitalina: hasta el 50% del coste-tipo aplicable a su trayecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas solicitantes de subvención, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acrediten haber abonado los costes del transporte subvencionable mediante la documentación señalada en la base sexta.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El coste del transporte, realizado durante el año 2009, según cuantía fijada en el coste-tipo establecido.

El coste-tipo del transporte de mercancías estará integrado por los siguientes conceptos:

- Flete.

- Tasas portuarias/aeroportuarias aplicadas a la carga transportada, tanto en puertos/aeropuertos de origen como en los de destino.

- Costes de manipulación de la mercancía en puertos/aeropuertos de origen y destino.

- Tasas o cánones de seguridad si las hubiera.

- Recargo por incremento del coste de combustible (BAF), en su caso.

Requisitos:

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/10/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 201
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento