Subvenciones al programa de formacion del sector comercial.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S08437/14

Norma:

ORDEN FORAL 10E/2014, de 14 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover una oferta de formación especializada dirigida a los distintos agentes del sector comercial, en colaboración con las asociaciones de comerciantes y otras entidades e instituciones, complementaria de la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Organización de actividades formativas.

Podrán recibir una subvención del 100% del déficit, con un límite del 50% del conjunto de los gastos admitidos necesarios para su organización. Este límite se elevará al 70% de los gastos admitidos necesarios, para asociaciones de comerciantes que, en el mismo ejercicio, obtengan subvención para el desarrollo de un Programa de Actuación Comercial.

Para determinar el déficit producido por las actividades se computarán los siguientes ingresos y gastos:

Gastos: honorarios del profesorado y de los ponentes, gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del personal docente, promoción, publicidad y divulgación de la actividad a realizar, edición de la documentación, gastos de dirección y organización de la actividad formativa y otros gastos corrientes que sean directamente imputables a la realización de la actividad, excluidos los gastos de personal de la entidad solicitante (asociados, miembros de la Junta Directiva, gerentes o personal contratado).

Ingresos: los aportados por la entidad organizadora, ingresos de inscripción de los asistentes, aportaciones de otras entidades patrocinadoras y otros ingresos de naturaleza corriente directamente relacionados con la realización de la actividad.

El importe máximo de la subvención por cada una de las actividades subvencionables es el siguiente:

A.1) Jornadas técnicas, congresos, seminarios monográficos o acciones de sensibilización: 4.000 euros.

A.2) Cursos de formación: El menor de los dos importes siguientes: 10 euros por alumno y hora o 4.000 euros.

B) Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: podrán recibir una subvención del 50% de los gastos de inscripción, desplazamiento, alojamiento y manutención, con un máximo de 400 euros por actividad subvencionable.

Únicamente se subvencionará la asistencia de una persona por asociación o entidad y una actividad por asociación o entidad solicitante.

En el concepto de manutención, el límite del gasto acogible por comida y persona será de 20 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Organización de actividades formativas.

A.1) Jornadas técnicas, congresos, seminarios monográficos o acciones de sensibilización, que profundicen en temas monográficos o que aborden aspectos fundamentales de la distribución comercial, facilitando la toma de contacto y la puesta en común de los conocimientos y experiencias de los distintos estamentos del sector. Estas actividades tendrán una duración mínima de 2 horas.

A.2) Cursos de formación, que deberán cumplir los siguientes requisitos:

–Su contenido debe ser específico relativo a la gestión de la empresa comercial o a la especialización de profesionales del sector y debe promover una formación complementaria a la formación continua y ocupacional impartida en el ámbito del Servicio Navarro de Empleo.

–No se admitirán aquellos cursos que formen parte de la oferta formativa del Servicio Navarro de Empleo del año 2014 ni aquellos cursos relativos a temas o aspectos de formación empresarial básica, comunes a cualquier tipo de actividad empresarial.

–El número de participantes debe ser mayoritariamente comerciantes o empleados del sector comercial y no podrá ser inferior a 8, admitiéndose un máximo de asistentes desempleados del 25% por cada curso.

–La duración mínima será de 10 horas.

–Excepcionalmente podrán admitirse cursos con un número menor de participantes y/o una duración inferior a la establecida, cuando existan razones objetivas que impidan alcanzar dichos valores mínimos. Estas razones deberán exponerse y motivarse en la solicitud de la ayuda, y, en todo caso, deberán ser aceptadas por el Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio.

B) Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra: Asistencia a congresos, jornadas técnicas, seminarios monográficos y conferencias que se organicen fuera Navarra, relacionados con la distribución comercial o con aspectos de la gestión específica de las empresas comerciales.

Requisitos:

A) Organización de actividades formativas.

–Estas actividades serán realizadas por asociaciones de comerciantes, asociaciones empresariales mixtas, entidades sin ánimo de lucro o agrupaciones de asociaciones de comerciantes, domiciliadas en Navarra, que organicen actividades formativas dirigidas a los agentes del sector comercial.

B) Asistencia a actividades formativas fuera de Navarra.

–Estas actividades serán realizadas por asociaciones de comerciantes, asociaciones empresariales mixtas, agrupaciones de asociaciones de comerciantes y entidades de características y objetivos similares legalmente constituidas y suficientemente representativas, domiciliadas en Navarra. Los asistentes a las acciones podrán ser gerentes, miembros de la Junta Directiva u órgano equivalente de la entidad solicitante o técnicos cualificados que cuenten con el visto bueno de dicha Junta Directiva.

–En ambos apartados A) y B), en el caso de asociaciones de comerciantes o asociaciones empresariales mixtas, éstas deben estar inscritas en el Registro de Organizaciones Profesionales del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, con fecha de inscripción legal a todos los efectos, anterior al 1 de enero de 2013. Esta información de consultará de oficio con el citado Registro.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 46
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento