Subvenciones al mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas en situacion de exclusion social en las empresas de insercion del Principado de Asturias.- Convocatoria 2013 (primer semestre).- Corrección.

Código de ayuda:

S12937/13

Norma:

Resolución de 10 de abril de 2013. Resolución de 19 de abril de 2013. Resolución de 30 de abril de 2013. Resolución de 30 de abril de 2013. Resolución de 8 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria de concesión de subvenciones con destino al coste salarial de los meses de mayo a septiembre (incluidos ambos y la extra de junio) de 2013 de la plantilla de los trabajadores en situación de exclusión social de las empresas de inserción radicados en el Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por cada contrato laboral, con independencia del tipo del mismo (indefinido o temporal, a tiempo completo o parcial), se devenga mensualmente una subvención de hasta el 50% del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, tomado este en cómputo mes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los empleadores calificados y registrados como empresas de inserción para su plantilla de personas en situación de exclusión social de los centros de trabajo radicados en Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El salario base de los contratos laborales de las personas en situación de exclusión social de la plantilla de las empresas de inserción de los centros de trabajo radicados en Asturias. Dicho salario, para ser subvencionable, ha de ser de cuantía igual o superior al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas empresas de inserción en las que concurra alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas de inserción en las que concurra alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en los artículos 1.3 d), e), f) y g) y 1.6 a) y c) del Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión (Reglamento general de exención por categorías), a saber, que se trate de empresas que operen en los sectores del carbón, el acero, la construcción naval o las fibras sintéticas, que se trate de empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, o que se trate de empresas que tengan la calificación de empresa en crisis.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/04/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Convocatoria 2013 (Primer semestre). Descargar Documento
Boletín: 07/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 104
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 07/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 104
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 11/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 108
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento