Subvenciones al fomento del empleo en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la incorporacion de socios en las mismas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S17000/13

Norma:

RESOLUCIÓN 682/2013, de 29 de abril.

Plazo de Solicitud:

El plazo de presentación de las solicitudes será de tres meses a partir del alta en la Seguridad Social. Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socios.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) 5.000 euros en el caso de que el socio que se incorpora pertenezca a uno de los siguientes colectivos:

–Personas desempleadas menores de 30 años.

–Personas desempleadas mayores de 45 años.

–Personas desempleadas a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 30 años o más y a 180 días si son menores de 30 años.

–Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.

–Personas trabajadoras vinculadas a la empresa solicitante por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses a la fecha de incorporación como socio trabajador o de trabajo.

b) 7.000 euros en el caso de que el socio que se incorpora pertenezca a uno de los siguientes colectivos:

–Personas desempleadas de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la agencia de empleo durante al menos 12 de los anteriores 18 meses.

–Personas desempleadas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

–Personas desempleadas perceptoras de Renta de Inclusión Social o de Ayuda a la Inserción Sociolaboral o beneficiarias del programa de recualificación profesional (PREPARA) establecido en el Real Decreto Ley 23/2012, de 24 de agosto.

–Personas desempleadas que hayan finalizado su proceso de inserción socio‑laboral a través de Centros de Inserción Sociolaboral.

c) 2.000 euros en el caso de que el socio desempleado que se incorpora no pertenezca a ninguno de estos colectivos.

Cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las cooperativas de trabajo asociado, las sociedades laborales y las cooperativas que nazcan como consecuencia de proyectos de cooperación entre cooperativas de trabajo asociado y/o sociedades laborales y que cuenten al menos con un socio de trabajo, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La incorporación con carácter indefinido de personas desempleadas o trabajadores con contrato de trabajo temporal como socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

Requisitos:

–Estar legalmente constituidas.

–Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

–No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

–Tener su domicilio fiscal en Navarra. Asimismo, para poder acogerse a estas ayudas las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales deberán realizar la incorporación de socios en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra.

–Los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 96
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento