Subvenciones al desarrollo de proyectos de danza de sala y de calle de carácter profesional para el periodo 2020-2023.

Código de ayuda:

S05137/20

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/199/2020, de 31 de enero. RESOLUCIÓN CLT/566/2020, de 27 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1389/2020, de 11 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de junio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al
desarrollo de proyectos de danza de sala y de calle de carácter profesional para el periodo 2020-2023.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán optar a estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que gestionen compañías de danza y que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza, domiciliadas en España o en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España, que acrediten una trayectoria consolidada en la producción de espectáculos de danza.

Asimismo, podrán optar a las ayudas las agrupaciones de empresas antes mencionadas que se constituyan en
uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal
de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional.

2. También podrán optar a estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionen compañías de danza y que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza, domiciliadas en España o en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España, que acrediten una trayectoria consolidada en la producción de espectáculos de danza.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8058
Documento: Bases específicas 2020 Descargar Documento
Boletín: 09/03/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8080
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 18/06/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8157
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento