Subvenciones al deporte a otorgar por el Ilustre Ayuntamiento de San Bartolomé.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S43046/16

Norma:

San Bartolomé de Lanzarote, a 20 de octubre de 2016. San Bartolomé de Lanzarote, a 9 de noviembre 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se dispone mediante la presente norma, las Bases Generales Reguladoras(en adelante Bases Reguladoras)
de las líneas de subvenciones que el Área Gestora de Subvenciones concreta,CONCEJALÍA DE DEPORTES,
pretende conceder conforme se realicen las respectivas convocatorias que, en su caso,se lleven a cabo, y que se complementan con lo regulado de forma general en el texto de la Ordenanza Municipal Reguladora de
subvenciones, número 58, de las subvenciones municipales para las distintas finalidades que en ella se prevén encontrándonos, entre otras, las de Deportes. Gozando las presentes de carácter de Bases Reguladoras, conforme a lo prevenido en el artículo 17.3 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, 17 de noviembre y su Reglamente de Desarrollo,RD 887/2006, 21 julio.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Entidades Deportivas Municipales, hasta una cuantía asignada máxima de CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000,00 EUROS).

B) Mantenimiento por la organización de las de Escuelas Deportivas Municipales, hasta una cuantía
asignada máxima de CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS (56.000,00 EUROS).

C) Apoyo a la participación en eventos Regionales, de Renombre y/o Alto-Nivel de las entidades deportistas equipos y deportistas individuales, hasta una cuantía asignada máxima de SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (7.200,00 EUROS).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

A) Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento de las Entidades Deportivas del Término Municipal de SanBartolomé en la Temporada Deportiva:

Clubes Deportivos Municipales. Podrán participar en la presente convocatoria el tipo de beneficiario identificado.

B) Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento por la Organización de las Escuelas Deportivas del Término Municipal de San Bartolomé.

Podrán participar en la presente convocatoria los clubes deportivos que organicen Escuelas Deportivas
Municipales y que cumplan los requisitos.

C) Subvenciones Económicas destinadas a “Apoyar en la participación de las Entidades Deportivas Municipales-Equipos y/o de Deportistas Individuales no vinculados a éstas en eventos Regionales o de Renombre y Alto Nivel:

1. En esta línea de subvención concreta podemos encontrarnos con dos tipos de benefactores de la subvención:

1.1. Podrán participar en la presente convocatoria las “Entidades Deportivas”, a través de sus Equipos, que cumplan los requisitos.

1.2 Podrán participar en la presente convocatoria las “Deportistas Individuales” no vinculados a ninguna Entidad Deportiva subvencionada, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento de las Entidades Deportivas del Término Municipal de SanBartolomé en la Temporada Deportiva:

1. Gastos federativos de los clubes deportivos en todas las categorías, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripción de equipos,seguros,sanciones u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas. Estos gastos pueden realizarse ante la federación nacional, regional o insular.

2. Gastos de desplazamiento de jugadores, técnicos y directivos que asuman los clubes deportivos en todas las categorías. Se incluyen los gastos derivados del uso de cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, gastos de combustible, reparaciones, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje.

3. Gastos de transporte del equipamiento necesario para el desarrollo de la modalidad deportiva.

4. Gastos de estancia, manutención o dietas de jugadores, técnicos o directivos que asuman los clubes
deportivos.

5. Gastos de personal de jugadores, técnicos y personal en todas las categorías, así como personal de administración y gestión del club deportivo.

6. Gastos en concepto de dietas, becas o premios a deportistas o técnicos de los clubes deportivos.

7.Gastos por adquisición o reparación de equipamiento o material, deportivo o no, para los equipos, deportistas, monitores o entrenadores de los clubes deportivos.

Así como gastos de equipamiento para las instalaciones donde los clubes deportivos desarrollan sus actividades deportivas.

8. Gastos de asistencia técnica de especialistas o profesionales como soporte a las actividades que
desarrollen los clubes deportivos.

9. Gastos médicos, ocasionados por asistencia médica de deportistas y técnicos de los clubes deportivos
en todaslas categorías. Ya sea en concepto de atención por lesiones, enfermedad, asistencia médico-deportiva o por control médico.

10. Gastos porla contratación de seguros de asistencia médica,responsabilidad civil, o cualquier otro que tenga como fin asegurar las actividades, deportistas, entrenadores, directivos o material afín de los clubes deportivos.

11. Gastos de organización de las competiciones oficiales, torneos amistosos o actividades que desarrollen los clubes deportivos.

12. Gastos por adquisición de material destinado a la gestión o al funcionamiento de las actividades de
los clubes deportivos.

13. Gastos de administración y funcionamiento de los clubes deportivos que participan en competiciones
oficiales.

Las actividades subvencionables corresponden a gastos realizados durante el Ejercicio Presupuestario en el que se realice la convocatoria.


B) Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento por la Organización de las Escuelas Deportivas del Término Municipal de San Bartolomé:

1. Gastos federativos de los clubes deportivos en las categorías donde participen deportistas menores
de edad, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripción de equipos,seguros,sanciones u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas.

Estos gastos pueden realizarse ante la federación nacional, regional o insular.

2. Gastos de desplazamiento de jugadores, técnicos y directivos que asuman los clubes deportivos en las
categorías donde participen deportistas menores de edad. Se incluyen los gastos derivados del uso de
cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, gastos de combustible, reparaciones, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje.

3. Gastos de transporte del equipamiento necesario para el desarrollo de la modalidad deportiva.

4. Gastos de estancia, manutención o dietas de jugadores, técnicos o directivos que asuman los clubes
deportivos.

5. Gastos de personal de jugadores, técnicos y personal en las categorías donde participen deportistas
menores de edad, así como personal de administración y gestión del club deportivo.

6. Gastos en concepto de dietas, becas o premios a deportistas o técnicos de los clubes deportivos.

7.Gastos por adquisición o reparación de equipamiento o material, deportivo o no, para los equipos, deportistas, monitores o entrenadores de los clubes deportivos en las categorías donde participen deportistas menores de edad. Así como gastos de equipamiento para las instalaciones donde los clubes deportivos desarrollan sus actividades deportivas.

8. Gastos de asistencia técnica de especialistas o profesionales como soporte a las actividades que
desarrollen los clubes deportivos.

9. Gastos médicos, ocasionados por asistencia médica de deportistas y técnicos de los clubes deportivos
en las categorías donde participen deportistas menores de edad. Ya sea en concepto de atención por lesiones, enfermedad, asistencia médico-deportiva o por control médico.

10. Gastos por la contratación de seguros de asistencia médica,responsabilidad civil, o cualquier otro que tenga como fin asegurar las actividades, deportistas, entrenadores, directivos o material afín de los clubes deportivos.

11. Gastos de organización de las competiciones oficiales, torneos amistosos o actividades que desarrollen los clubes deportivos.

12. Gastos por adquisición de material destinado a la gestión o al funcionamiento de las actividades de
los clubes deportivos.

13. Gastos de administración y funcionamiento de los clubes deportivos que participan en competiciones
oficiales.

C) Subvenciones Económicas destinadas a “Apoyar en la participación de las Entidades Deportivas Municipales-Equipos y/o de Deportistas Individuales no vinculados a éstas en eventos Regionales o de Renombre y Alto Nivel:

1. Gastos de desplazamiento de jugadores, técnicos y directivos que asuman los clubes deportivos en las categorías donde participen. Se incluyen los gastos derivados del uso de cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, gastos de combustible, reparaciones, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje.

2. Gastos de transporte del equipamiento necesario para el desarrollo de la modalidad deportiva.

3. Gastos de estancia, manutención o dietas de jugadores, técnicos o directivos que asuman los clubes
deportivos.

4. Gastos de inscripción en pruebas deportivas oficiales.

Requisitos:

Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento de las Entidades Deportivas del Término Municipal de San Bartolomé en la Temporada Deportiva:

1. Tener por ámbito de actuación el Municipio de San Bartolomé.

2. Estar dado de alta en el Registro de Entidades Deportivas Municipales.

3. Estar inscritos en el correspondiente Registro de Entidades Deportivas de Canarias.

4. Estar dados de alta en Hacienda y poseer el correspondiente CIF.

5. Haber justificado adecuadamente las subvenciones percibidas con anterioridad del Ayuntamiento de San
Bartolomé.

6. Cumplir con la condición para poder ser Beneficiario/a de una subvención presentando los preceptivos certificados positivos de las Haciendas Tributarias, Estatal y Autonómica, y de la Tesorería de la Seguridad Social que, cuando el importe de la subvención a percibir por la persona individual no supere
los 3.000,00€, pueden ser sustituidos por la firma de la DECLARACIÓN RESPONSABLE,según modelo propuesto como ANEXO IV de las presentes bases Reguladoras. Asimismo se comprobará de oficio por el Área Gestora de la Subvención-Deportes- que no existen deudas con la Hacienda-Tesorería Municipal.

7. Participar en actividades desarrolladas en el marco de competiciones que estén organizadas o bajo
la tutela de una Federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes o la Dirección General de
Deportes o dependiente de estas.


B) Subvenciones Económicas destinadas al Mantenimiento por la Organización de las Escuelas Deportivas del Término Municipal de San Bartolomé:

1. Tener por ámbito de actuación el Municipio de San Bartolomé.

2. Estar dado de alta en el Registro de Entidades Deportivas Municipal.

3. Estar inscritos en el correspondiente Registro de Entidades Deportivas de Canarias.

4. Estar dados de alta en Hacienda y poseer el correspondiente CIF.

5. Haber justificado adecuadamente las subvenciones percibidas con anterioridad del Ayuntamiento de San
Bartolomé.

6.Cumplir con la condición para poder ser Beneficiario/a de una subvención presentando los preceptivos certificados positivos de las Haciendas Tributarias, Estatal y Autonómica, y de la Tesorería de la Seguridad Social que, cuando el importe de la subvención a percibir por la persona individual no supere los 3.000,00€, pueden ser sustituidos por la firma de la DECLARACIÓN RESPONSABLE, según modelo propuesto como ANEXO IV de las presentes bases Reguladoras. Asimismo se comprobará de oficio por el Área Gestora de la Subvención Deportes que no existen deudas con la Hacienda-Tesorería Municipal.

7. Participar en actividades desarrolladas en el marco de competiciones que estén organizadas o bajo la tutela de una federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes o la Dirección General de Deportes o dependiente de estas.

C) Subvenciones Económicas destinadas a “Apoyar en la participación de las Entidades Deportivas Municipales-Equipos y/o de Deportistas Individuales no vinculados a éstas en eventos Regionales o de Renombre y Alto Nivel:

1.1. “Entidades Deportivas” :

1. Tener por ámbito de actuación el Municipio de San Bartolomé.

2. Tener el domicilio social en el Municipio de San Bartolomé.

3. Existir constancia de alta en el Registro Municipal de San Bartolomé de Entidades Deportivas.

4. Estar inscritos en el correspondiente Registro de Entidades Deportivas de Canarias, teniendo por domicilio el Municipio de San Bartolomé.

5. Estar dados de alta en Hacienda Estatal y poseer el correspondiente CIF.

6. Haber justificado adecuadamente las subvenciones percibidas con anterioridad del Ayuntamiento de San
Bartolomé.

7.Cumplir con la condición para poder ser Beneficiario/a de una subvención presentando los preceptivos certificados positivos de las Haciendas Tributarias, Estatal y Autonómica, y de la Tesorería de la Seguridad Social que, cuando el importe de la subvención a percibir por la persona individual no supere los 3.000,00€, pueden ser sustituidos por la firma de la DECLARACIÓN RESPONSABLE, según modelo propuesto como ANEXO IV de las presentes bases Reguladoras. Asimismo se comprobará de oficio por el Área Gestora de la Subvención Deportes-que no existen deudas con la Hacienda-Tesorería Municipal.

8. Participar en actividades desarrolladas en el marco de competiciones que estén organizadas o bajo la tutela de una Federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes o la Dirección General de Deportes, o por alguna otra entidad dependiente de estas.

1.2 Deportistas Individuales:

1. Estar empadronado en el Municipio de San Bartolomé.

2. Participar individualmente en un evento deportivo de “Renombre” o Alto Nivel, desarrollado en el marco de competiciones que estén organizadas o bajo la tutela de una Federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes o la Dirección General de Deportes, o por alguna otra entidad dependiente de estas.

3. No pertenecer a Entidad Deportiva que haya sido beneficiaria de subvención por el Área de Deporte en el mismo ejercicio y temporada.

4.Cumplir con la condición para poder ser Beneficiario/a de una subvención presentando los preceptivos certificados positivos de las Haciendas Tributarias, Estatal y Autonómica, y de la Tesorería de la Seguridad Social que, cuando el importe de la subvención a percibir por la persona individual no supere los 3.000,00€, pueden ser sustituidos por la firma de la DECLARACIÓN RESPONSABLE, según modelo propuesto como ANEXO IV de las presentes bases Reguladoras. Asimismo se comprobará de oficio por el Área Gestora de la Subvención Deportes-que no existen deudas con la Hacienda-Tesorería Municipal.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/11/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 137
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento